Examen oficial de Administrativo/a del ICS de 2009, turno libre, resuelto y explicado
Un único ejercicio de 75 preguntas de test, sin supuestos prácticos. Realizado el 15 de mayo de 2010 para la categoría C1-151, modelo A de los cuatro que publicó el ICS: los cuatro cuadernillos son el mismo cuestionario barajado, y nos han servido para validar la clave. El cuadernillo no publica el tiempo de realización y el tribunal no anuló ninguna pregunta.
Ficha del examen
| Categoría | Administrativo/a, grupo C subgrupo C1 (C1-151) |
|---|---|
| Convocatoria | ADMINISTRATIU-2009 |
| Modelo | A |
| Fecha de la prueba | 15.05.2010 |
| Preguntas | 75 (75 + 0) |
| Tiempo | — |
| Opciones por pregunta | 4 |
| Errores | No descuentan |
Cobertura de las explicaciones: 75/75
Primer ejercicio — test
Preguntas de opción múltiple con cuatro alternativas y una correcta.
Pregunta 1
Criterio superado — la norma ha cambiado La respuesta marcada sigue siendo la del tribunal; la explicación de abajo recoge la corrección vigente.
En quin dels casos següents NO es pot substituir la publicitat legal de la informació administrativa per la publicació a través d'internet?
- a) Publicació d'una llei.
- b) Publicació de disposicions generals.
- c) Publicació dels actes que hagin de ser publicats al DOGC.
- d) Totes les respostes són correctes.Respuesta oficial
¿En cuál de los casos siguientes NO se puede sustituir la publicidad legal de la información administrativa por la publicación a través de internet?
- Publicación de una ley.
- Publicación de disposiciones generales.
- Publicación de los actos que deban ser publicados en el DOGC.
- Todas las respuestas son correctas.
Respuesta oficial: d) Totes les respostes són correctes.
La plantilla oficial dice que ninguno de los tres casos del enunciado puede sustituirse, es decir, que todas las respuestas son correctas. El precepto es el artículo 9 del Decreto 324/2001, de 4 de diciembre, relativo a las relaciones con los ciudadanos y otras administraciones por medios electrónicos, que bajo el título «Publicación oficial» decía literalmente: «La información administrativa facilitada a través de Internet no sustituye la publicidad legal de las leyes, de las disposiciones generales y de los actos que deban ser publicados formalmente en el DOGC y en otros diarios oficiales, cuya edición impresa es el único instrumento que da fe de su autenticidad y contenido». Las tres opciones parciales —la ley, las disposiciones generales y los actos que deben ir al DOGC— son exactamente los tres supuestos que enumera el artículo, de modo que la respuesta que las agrupa todas es la única posible. Corrección vigente: el Decreto 324/2001 ya no está en el derecho positivo y la parte final de la frase tampoco lo estaría. Desde la Ley 2/2007, de 5 de junio, del Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, la edición electrónica del DOGC es la que tiene carácter oficial y auténtico, y el soporte papel ha dejado de ser el instrumento que da fe; la administración electrónica catalana se rige hoy por el Decreto 76/2020, de Administración digital, y por la Ley 39/2015 en el ámbito común. Lo que no ha cambiado es el fondo: la publicación en una web no suple la publicidad legal en el diario oficial.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 1
- Decreto 324/2001, de 4 de diciembre, relativo a las relaciones con los ciudadanos y ciudadanas y otras administraciones por medios electrónicos — NORMA NO VIGENTE; es la norma catalana de administración electrónica aplicable el día del examen, sustituida por la Ley 29/2010 y el Decreto 76/2020 — art. 9 (publicació oficial)
- Ley 2/2007, de 5 de junio, del Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya — art. 2 (caràcter oficial i autèntic de l'edició electrònica del DOGC)
- Decreto 76/2020, de 4 de agosto, de Administración digital — norma vigent d'Administració digital a Catalunya
Pregunta 2
Els serveis de prevenció de riscos laborals per al personal al servei de l'Administració de la Generalitat han de prestar, com a mínim, dues de les especialitats següents:
- a) Medicina del treball, seguretat en el treball, higiene industrial i ergonomia, i psicologia aplicada.Respuesta oficial
- b) Medicina del treball, salut en el treball, higiene industrial i ergonomia, i psicologia aplicada.
- c) Medicina del treball, seguretat en el treball, higiene industrial i ergonomia, i psicologia clínica.
- d) Medicina del treball, seguretat en el treball, ergonomia, i psicologia aplicada.
Los servicios de prevención de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de la Generalitat deben prestar, como mínimo, dos de las especialidades siguientes:
- Medicina del trabajo, seguridad en el trabajo, higiene industrial y ergonomía, y psicología aplicada.
- Medicina del trabajo, salud en el trabajo, higiene industrial y ergonomía, y psicología aplicada.
- Medicina del trabajo, seguridad en el trabajo, higiene industrial y ergonomía, y psicología clínica.
- Medicina del trabajo, seguridad en el trabajo, ergonomía, y psicología aplicada.
Respuesta oficial: a) Medicina del treball, seguretat en el treball, higiene industrial i ergonomia, i psicologia aplicada.
Los servicios de prevención propios de la Administración de la Generalitat los crea el Decreto 312/1998, de 1 de diciembre, que fija su organización y sus medios. El artículo 2.1 dice: «Los servicios de prevención deben prestar, como mínimo, dos de las especialidades o disciplinas preventivas siguientes: medicina del trabajo, seguridad en el trabajo, higiene industrial y ergonomía y psicosociología aplicada». Son las cuatro disciplinas preventivas del artículo 34 del Reglamento de los servicios de prevención (Real Decreto 39/1997). La respuesta buena es la que reproduce esa lista completa; las otras tres la rompen: una cambia «seguridad en el trabajo» por «salud en el trabajo», otra cambia la psicosociología por «psicología clínica» —que no es una disciplina preventiva— y la última deja fuera la higiene industrial. Atención a una errata del papel: el cuadernillo escribe «psicología aplicada» donde el Decreto dice «psicosociología aplicada»; el enunciado oficial se reproduce tal como se imprimió. El Decreto 312/1998 sigue vigente y su artículo 1.1 crea expresamente un servicio de prevención propio para el personal de instituciones sanitarias del Instituto Catalán de la Salud.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 2
- Decreto 312/1998, de 1 de diciembre, por el que se crean los servicios de prevención de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de la Generalitat — art. 2.1 (dues especialitats com a mínim) i art. 1.1 (servei propi per a l'ICS)
- Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención — art. 34 (disciplines preventives)
Pregunta 3
Com a norma general, per cada delegat de prevenció es concedeix un crèdit horari de:
- a) 10 hores mensuals.
- b) 15 hores mensuals.Respuesta oficial
- c) 20 hores mensuals.
- d) 45 hores mensuals.
Como norma general, por cada delegado de prevención se concede un crédito horario de:
- 10 horas mensuales.
- 15 horas mensuales.
- 20 horas mensuales.
- 45 horas mensuales.
Respuesta oficial: b) 15 hores mensuals.
El crédito horario del delegado o delegada de prevención no lo fija la Ley de prevención de riesgos laborales con una cifra propia: su artículo 37.1 remite al crédito de horas mensuales retribuidas «previsto en la letra e) del artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores», porque el delegado de prevención es, ante todo, representante del personal. La escala del artículo 68.e) empieza así: «Hasta cien trabajadores, quince horas», y sube a veinte, treinta, treinta y cinco y cuarenta horas según la plantilla. La cifra general —la del primer tramo y la que la pregunta pide— es, pues, quince horas mensuales. Conviene retener dos precisiones del mismo artículo 37.1: el tiempo de las reuniones del comité de seguridad y salud y de las demás convocadas por la empresa en materia de prevención, y el de las visitas de los apartados a) y c) del artículo 36.2, se computa como trabajo efectivo y NO se descuenta de ese crédito; y la formación preventiva también es tiempo de trabajo y no puede costarle nada al delegado.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 3
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales — art. 37.1 (garanties dels delegats de prevenció i remissió al crèdit horari)
- Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) — NORMA DEROGADA por el Real Decreto Legislativo 2/2015 — art. 68.e) (escala del crèdit d'hores: fins a cent treballadors, quinze hores)
Pregunta 4
Quin és l'àmbit d'aplicació de la Llei de prevenció de riscos laborals?
- a) Només el personal de la funció pública de la Generalitat de Catalunya.
- b) Universal.Respuesta oficial
- c) Exclusivament el personal regulat a l'Estatut dels treballadors.
- d) Només el personal de la funció pública de la Generalitat de Catalunya i el personal laboral.
¿Cuál es el ámbito de aplicación de la Ley de prevención de riesgos laborales?
- Solo el personal de la función pública de la Generalitat de Catalunya.
- Universal.
- Exclusivamente el personal regulado en el Estatuto de los Trabajadores.
- Solo el personal de la función pública de la Generalitat de Catalunya y el personal laboral.
Respuesta oficial: b) Universal.
El artículo 3.1 de la Ley 31/1995 fija un ámbito de aplicación deliberadamente amplio: la ley se aplica «tanto en el ámbito de las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, como en el de las relaciones de carácter administrativo o estatutario del personal al servicio de las Administraciones Públicas», y también a las sociedades cooperativas con socios trabajadores, sin perjuicio de las obligaciones de fabricantes, importadores y suministradores y de los derechos de los trabajadores autónomos. Es decir, cubre al personal laboral, al funcionario y al estatutario a la vez, y por eso la respuesta es la que dice que el ámbito es universal. Las otras tres restringen el ámbito al personal de la función pública de la Generalitat o al personal del Estatuto de los Trabajadores, y ninguna de esas limitaciones está en la ley. La única excepción real es la del artículo 3.2, que deja fuera determinadas actividades de policía, seguridad y resguardo aduanero, protección civil y peritaje forense en casos de grave riesgo y de las Fuerzas Armadas, y aun así la ley debe inspirar su normativa específica.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 4
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales — art. 3.1 i 3.2 (àmbit d'aplicació i exclusions)
Pregunta 5
L'incompliment dels terminis o altres disposicions de procediment en matèria d'incompatibilitats, si això no suposa el manteniment d'una situació d'incompatibilitat té la consideració de falta:
- a) Lleu.
- b) Greu.Respuesta oficial
- c) Molt greu.
- d) No té la consideració de falta.
El incumplimiento de los plazos u otras disposiciones de procedimiento en materia de incompatibilidades, si ello no supone el mantenimiento de una situación de incompatibilidad tiene la consideración de falta:
- Leve.
- Grave.
- Muy grave.
- No tiene la consideración de falta.
Respuesta oficial: b) Greu.
La conducta del enunciado está tipificada literalmente, y como falta grave, en el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado: el artículo 7.1.k) del Real Decreto 33/1986 califica de falta grave «el incumplimiento de los plazos u otras disposiciones de procedimiento en materia de incompatibilidades, cuando no suponga mantenimiento de una situación de incompatibilidad». La coletilla condicional es la clave de la pregunta: si el incumplimiento sí mantiene una situación de incompatibilidad, el grado sube a muy grave —es lo que dice hoy el artículo 95.2.n) del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público—, y por eso la respuesta no puede ser ni «muy grave» ni, evidentemente, «ninguna falta». La ley catalana de incompatibilidades (Ley 21/1987) no gradúa las faltas: su artículo 23 se limita a decir que el incumplimiento «debe ser sancionado disciplinariamente», y remite, pues, al régimen disciplinario aplicable. Ojo con un matiz territorial que la pregunta no recoge: para el personal de la Administración de la Generalitat, el texto único de la función pública (Decreto Legislativo 1/1997) califica de falta grave el incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades (artículo 116.h) y de falta leve el incumplimiento que no comporte ejecutar tareas incompatibles (artículo 117.g).
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 5
- Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado — art. 7.1.k) (falta greu: terminis i procediment en matèria d'incompatibilitats)
- Ley 21/1987, de 26 de noviembre, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Generalitat — art. 23 (l'incompliment ha d'ésser sancionat disciplinàriament)
- Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública — arts. 116.h) i 117.g) (faltes greu i lleu en matèria d'incompatibilitats)
Pregunta 6
Criterio superado — la norma ha cambiado La respuesta marcada sigue siendo la del tribunal; la explicación de abajo recoge la corrección vigente.
En quin termini s'han de notificar els actes administratius, d'acord amb el que determina la Llei 30/1992, de règim jurídic de les administracions públiques i del procediment administratiu comú?
- a) $5 dies.
- b) 10 dies.Respuesta oficial
- c) 15 dies.
- d) S'han de notificar en la data en què l'acte hagi estat dictat.
¿En qué plazo deben notificarse los actos administrativos, de acuerdo con lo que determina la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común?
- 5 días.
- 10 días.
- 15 días.
- Deben notificarse en la fecha en que el acto haya sido dictado.
Respuesta oficial: b) 10 dies.
El plazo lo da el artículo 58.2 de la Ley 30/1992: «Toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de diez días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado», y debe contener el texto íntegro de la resolución, si agota o no la vía administrativa, los recursos procedentes, el órgano ante el que presentarlos y el plazo para interponerlos. Las demás cifras del enunciado no salen de ese artículo, y la respuesta que dice que la notificación debe hacerse el mismo día en que el acto se dicta confunde la fecha del acto con el plazo para cursarlo. Corrección vigente: la Ley 30/1992 está derogada desde el 2 de octubre de 2016 por la disposición derogatoria única.2.a) de la Ley 39/2015, de modo que la norma por la que pregunta el examen ya no existe. La regla, en cambio, se ha mantenido intacta: el artículo 40.2 de la Ley 39/2015 repite que toda notificación debe cursarse dentro del plazo de diez días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado, con el mismo contenido mínimo. La respuesta de hoy sería la misma; lo que ha cambiado es la norma citada.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 6
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC) — NORMA DEROGADA con efectos de 2 de octubre de 2016 por la disposición derogatoria única.2.a) de la Ley 39/2015. Es la norma de procedimiento vigente el día del examen (23.11.2003), en la redacción dada por la Ley 4/1999 — art. 58.2 (termini de deu dies per cursar la notificació)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas — art. 40.2 (mateixa regla vigent) i disposició derogatòria única.2.a)
Pregunta 7
Si un any està previst que tinguin lloc eleccions, quina ha de ser l'ordenació cronològica de les fases del cicle pressupostari d'un pressupost públic que afecta aquesta mateixa anualitat?
- a) Preparació, aprovació, discussió i publicació.
- b) Preparació, discussió, aprovació i publicació.Respuesta oficial
- c) Pròrroga, discussió, preparació, aprovació i publicació.
- d) Pròrroga, aprovació delegada, preparació i publicació.
Si un año está previsto que tengan lugar elecciones, ¿cuál debe ser la ordenación cronológica de las fases del ciclo presupuestario de un presupuesto público que afecta a esa misma anualidad?
- Preparación, aprobación, discusión y publicación.
- Preparación, discusión, aprobación y publicación.
- Prórroga, discusión, preparación, aprobación y publicación.
- Prórroga, aprobación delegada, preparación y publicación.
Respuesta oficial: b) Preparació, discussió, aprovació i publicació.
El ciclo presupuestario tiene siempre el mismo orden, y unas elecciones no lo alteran. El Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (Decreto Legislativo 3/2002) lo describe paso a paso: el artículo 31 regula la PREPARACIÓN —los departamentos remiten los estados de gastos, el departamento de finanzas elabora el estado de ingresos y formula el proyecto de ley, que somete al acuerdo del Gobierno—; el artículo 32 dispone que, una vez aprobado por el Gobierno, el proyecto debe remitirse al Parlamento «con suficiente antelación para que, teniendo en cuenta el procedimiento establecido por el Reglamento del Parlamento, pueda entrar en vigor el 1 de enero», que es la DISCUSIÓN y la APROBACIÓN; y el artículo 33 presupone la PUBLICACIÓN en el DOGC. Las dos respuestas que empiezan por «prórroga» invierten la lógica del artículo 33: la prórroga no es una fase del ciclo, sino la consecuencia automática de no tener presupuesto aprobado el 1 de enero, y dura hasta que los nuevos créditos se aprueban y se publican. Y la que pone la aprobación antes de la discusión es imposible en un procedimiento parlamentario.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 7
- Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña — arts. 31, 32 i 33 (elaboració, tramesa al Parlament i pròrroga automàtica)
Pregunta 8
D'acord amb l'Estatut Bàsic de l'Empleat Públic, els empleats públics es classifiquen en:
- a) Funcionaris de carrera, funcionaris interins, personal laboral i personal eventual.Respuesta oficial
- b) Funcionaris de carrera, funcionaris interins, personal laboral i personal directiu.
- c) Funcionaris de carrera, personal laboral, personal directiu i personal eventual.
- d) Funcionaris de carrera, funcionaris interins, personal eventual i personal directiu.
De acuerdo con el Estatuto Básico del Empleado Público, los empleados públicos se clasifican en:
- Funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral y personal eventual.
- Funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral y personal directivo.
- Funcionarios de carrera, personal laboral, personal directivo y personal eventual.
- Funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal eventual y personal directivo.
Respuesta oficial: a) Funcionaris de carrera, funcionaris interins, personal laboral i personal eventual.
El artículo 8.2 del Estatuto Básico del Empleado Público (Ley 7/2007, la redacción vigente el día del examen) cierra la lista en cuatro categorías y en este orden: «a) Funcionarios de carrera. b) Funcionarios interinos. c) Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal. d) Personal eventual». La respuesta correcta es la que reproduce esas cuatro. Las otras tres cuelan el «personal directivo», que el Estatuto regula aparte, en el artículo 13, precisamente porque NO es una clase de empleado público sino un régimen especial aplicable a quien ejerce funciones directivas profesionales; o bien dejan fuera a los funcionarios interinos o al personal laboral. El precepto se mantiene igual hoy: el artículo 8.2 del texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015 lo reproduce palabra por palabra, de modo que el contenido de la pregunta sigue siendo bueno aunque la ley de 2007 se haya refundido.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 8
- Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) — NORMA DEROGADA por el Real Decreto Legislativo 5/2015, que aprueba su texto refundido. Es la redacción vigente el día del examen — arts. 8.2 (classes d'empleats públics) i 13 (personal directiu professional)
- Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) — art. 8.2 (mateixa redacció vigent)
Pregunta 9
L'Estatut Marc estableix una sèrie de drets col·lectius entre els quals NO hi consta:
- a) La lliure sindicació.
- b) La vaga.
- c) La mobilitat voluntària, la promoció interna i el desenvolupament professional.Respuesta oficial
- d) Disposar de serveis de prevenció i d'òrgans representatius en matèria de seguretat laboral.
El Estatuto Marco establece una serie de derechos colectivos entre los cuales NO consta:
- La libre sindicación.
- La huelga.
- La movilidad voluntaria, la promoción interna y el desarrollo profesional.
- Disponer de servicios de prevención y de órganos representativos en materia de seguridad laboral.
Respuesta oficial: c) La mobilitat voluntària, la promoció interna i el desenvolupament professional.
El Estatuto Marco separa en dos artículos consecutivos los derechos del personal estatutario. El artículo 18 enumera los derechos COLECTIVOS y son seis: la libre sindicación, la actividad sindical, la huelga —«garantizándose en todo caso el mantenimiento de los servicios que resulten esenciales para la atención sanitaria a la población»—, la negociación colectiva, la reunión y «disponer de servicios de prevención y de órganos representativos en materia de seguridad laboral». Tres de las cuatro respuestas son, literalmente, derechos de esa lista. La que no está —y por tanto la correcta, porque la pregunta pide la que NO consta— es la que habla de movilidad voluntaria, promoción interna y desarrollo profesional: ese es un derecho INDIVIDUAL, el de la letra e) del artículo 17.1, «en la forma en que prevean las disposiciones en cada caso aplicables». La trampa es de clasificación, no de contenido: el derecho existe, pero en el otro artículo.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 9
- Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud — art. 18 (drets col·lectius) i art. 17.1.e) (dret individual a la mobilitat voluntària, la promoció interna i el desenvolupament professional)
Pregunta 10
Segons l'Estatut Bàsic de l'Empleat Púbic, són objecte de negociació en el seu àmbit respectiu i en relació amb les competències de cada administració pública i amb l'abast que legalment escaigui en cada cas, les matèries següents:
- a) Els criteris generals d'acció social.Respuesta oficial
- b) La responsabilitat disciplinària.
- c) La suspensió de funcions.
- d) Les incompatibilitats del personal al servei de les administracions públiques.
Según el Estatuto Básico del Empleado Público, son objeto de negociación en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada administración pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso, las materias siguientes:
- Los criterios generales de acción social.
- La responsabilidad disciplinaria.
- La suspensión de funciones.
- Las incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
Respuesta oficial: a) Els criteris generals d'acció social.
El artículo 37 del Estatuto Básico del Empleado Público tiene dos apartados que deben leerse juntos. El apartado 1 lista las materias que SON objeto de negociación, y entre ellas, en la letra i), «los criterios generales de acción social»: esa es la respuesta. El apartado 2 lista las que quedan EXCLUIDAS, y es donde caen las otras tres opciones, porque las tres son manifestaciones de la potestad de organización y de la relación jerárquica —letras a) y d)— o bien pertenecen al régimen disciplinario y estatutario que la ley reserva a la norma y no a la mesa: la responsabilidad disciplinaria, la suspensión de funciones y el régimen de incompatibilidades no figuran en ningún punto de la lista del apartado 1. Conviene fijarse en el encabezamiento, que el papel reproduce entero: la negociación es «en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración Pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso». El artículo 37 del texto refundido de 2015 mantiene esta misma estructura. Nota de transcripción: el cuadernillo escribe «Estatut Bàsic de l'Empleat Púbic»; la errata es del papel y se reproduce.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 10
- Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) — NORMA DEROGADA por el Real Decreto Legislativo 5/2015, que aprueba su texto refundido. Es la redacción vigente el día del examen — art. 37.1.i) (criteris generals d'acció social) i art. 37.2 (matèries excloses de la negociació)
- Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) — art. 37 (mateixa estructura vigent)
Pregunta 11
El principi general de la comptabilitat pel qual algunes entitats comptabilitzen les seves despeses i els seus ingressos en el moment en que es paguen o es cobren es coneix com a principi de:
- a) Meritació.
- b) Gestió continuada.
- c) Caixa.Respuesta oficial
- d) Temporabilitat.
El principio general de la contabilidad por el cual algunas entidades contabilizan sus gastos y sus ingresos en el momento en que se pagan o se cobran se conoce como principio de:
- Devengo.
- Gestión continuada.
- Caja.
- Temporabilidad.
Respuesta oficial: c) Caixa.
La pregunta contrapone los dos criterios de imputación temporal que hay en contabilidad. El principio de DEVENGO es el que recoge el Plan General de Contabilidad: los efectos de las transacciones deben registrarse cuando ocurren, y se imputan al ejercicio al que se refieren las cuentas anuales los gastos y los ingresos que le afectan «con independencia de la fecha de su pago o de su cobro». El criterio de CAJA es exactamente el contrario, y es el que describe el enunciado: registrar el gasto y el ingreso en el momento en que se pagan o se cobran. Por eso la respuesta es «caja». La «gestión continuada» (empresa en funcionamiento) es otro principio contable: presume que la actividad continuará en un futuro previsible y que las cuentas no deben hacerse con valores de liquidación; y «temporabilidad» —tal como el papel lo escribe— no es ningún principio contable. La contabilidad pública combina ambos criterios: la contabilidad presupuestaria sigue el ciclo de autorización, disposición, obligación y pago, y la financiera, el principio de devengo.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 11
- Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad — primera part, marc conceptual, principis comptables 2 (empresa en funcionament) i 3 (meritació)
- Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña — art. 46 (fases pressupostàries de la despesa: autorització, disposició, obligació i pagament)
Pregunta 12
Quin és l'objecte en un contracte de subministrament?
- a) Un bé immoble.
- b) Un bé moble.Respuesta oficial
- c) Únicament i exclusivament la prestació de serveis de manteniment o reparació.
- d) En aquest tipus de contractes no podem definir exactament l'objecte del contracte perquè aquest és inconcret.
¿Cuál es el objeto en un contrato de suministro?
- Un bien inmueble.
- Un bien mueble.
- Únicamente y exclusivamente la prestación de servicios de mantenimiento o reparación.
- En este tipo de contratos no podemos definir exactamente el objeto del contrato porque este es inconcreto.
Respuesta oficial: b) Un bé moble.
La definición legal es taxativa: «Son contratos de suministro los que tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de PRODUCTOS O BIENES MUEBLES» (artículo 9.1 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, vigente el día del examen). De ahí sale todo: el bien inmueble queda fuera —su adquisición o arrendamiento es un negocio patrimonial, no un contrato de suministro—; la prestación de servicios de mantenimiento o reparación es, por definición, un contrato de servicios; y la idea de que el objeto «es inconcreto» contradice frontalmente la ley, que incluso prevé expresamente el caso del suministro por precio unitario con entregas sucesivas subordinadas a las necesidades del adquirente (artículo 9.3.a). El contenido sigue siendo bueno hoy: el artículo 16.1 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, repite la misma definición con las mismas palabras.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 12
- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público — NORMA DEROGADA (texto refundido de 2011 y, después, Ley 9/2017). Es la ley de contratos vigente el día del examen — art. 9.1 i 9.3.a) (contracte de subministrament)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público — art. 16.1 (definició vigent del contracte de subministrament)
Pregunta 13
Segons l'Estatut Marc, què suposa l'obtenció de destinació en un procés de mobilitat voluntària?
- a) L'obligació de la incorporació el dia segúent a la publicació al DOGC de la resolució d'adjudicació a la plaça obtinguda, independentment que en derivi un canvi de servei de salut.
- b) La renúncia a la destinació obtinguda sempre que sigui motivada per causes personals.
- c) La no incorporació a la destinació obtinguda s'entén com una sol·licitud d'excedència voluntària per interès particular com a personal estatutari i es declara en l'esmentada situació en el servei de salut de destinació.
- d) La no incorporació a la destinació obtinguda s'entén com una sol·licitud d'excedència voluntària per interès particular com a personal estatutari, i es declara en l'esmentada situació pel servei de salut d'origen.Respuesta oficial
Según el Estatuto Marco, ¿qué supone la obtención de destino en un proceso de movilidad voluntaria?
- La obligación de la incorporación el día siguiente a la publicación en el DOGC de la resolución de adjudicación a la plaza obtenida, independientemente de que de ello derive un cambio de servicio de salud.
- La renuncia al destino obtenido siempre que sea motivada por causas personales.
- La no incorporación al destino obtenido se entiende como una solicitud de excedencia voluntaria por interés particular como personal estatutario y se declara en dicha situación en el servicio de salud de destino.
- La no incorporación al destino obtenido se entiende como una solicitud de excedencia voluntaria por interés particular como personal estatutario, y se declara en dicha situación por el servicio de salud de origen.
Respuesta oficial: d) La no incorporació a la destinació obtinguda s'entén com una sol·licitud d'excedència voluntària per interès particular com a personal estatutari, i es declara en l'esmentada situació pel servei de salut d'origen.
La clave es el artículo 37.5 del Estatuto Marco, y lo que importa es QUÉ servicio de salud declara la situación. El precepto dice: «Se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular como personal estatutario, y será declarado en dicha situación POR EL SERVICIO DE SALUD EN QUE PRESTABA SERVICIOS, quien no se incorpore al destino obtenido en un procedimiento de movilidad voluntaria dentro de los plazos establecidos o de las prórrogas de los mismos que legal o reglamentariamente procedan». Es el servicio de ORIGEN, pues, no el de destino: dos de las respuestas dicen lo mismo salvo por ese detalle y solo una acierta. El mismo artículo añade una válvula: si hay causas suficientemente justificadas, apreciadas con audiencia de la persona interesada por el servicio de salud que efectuó la convocatoria, puede dejarse sin efecto la excedencia. Las otras dos opciones chocan con el artículo 37: los destinos obtenidos por movilidad voluntaria son irrenunciables salvo que la renuncia se funde en haber obtenido plaza en otra convocatoria de movilidad (apartado 4), y el plazo de toma de posesión cuando hay cambio de servicio de salud es de un mes, no del día siguiente a la publicación (apartado 3).
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 13
- Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud — art. 37.3, 37.4 i 37.5 (presa de possessió, irrenunciabilitat i excedència per no incorporació)
Pregunta 14
El sistema de la Seguretat Social té per objectiu:
- a) Garantir la protecció adequada respecte de les contingències i situacions de necessitat de les persones que no estan incloses en el camp d'aplicació del sistema.
- b) L'acció protectora en les seves modalitats contributiva i no contributiva.Respuesta oficial
- c) La suficiència total en l'acció protectora del sistema.
- d) Determinar que sigui la Tresoreria de la Seguretat Social la que reguli el nivell de protecció i quines situacions i contingències afecta.
El sistema de la Seguridad Social tiene por objetivo:
- Garantizar la protección adecuada respecto de las contingencias y situaciones de necesidad de las personas que no están incluidas en el campo de aplicación del sistema.
- La acción protectora en sus modalidades contributiva y no contributiva.
- La suficiencia total en la acción protectora del sistema.
- Determinar que sea la Tesorería de la Seguridad Social la que regule el nivel de protección y qué situaciones y contingencias afecta.
Respuesta oficial: b) L'acció protectora en les seves modalitats contributiva i no contributiva.
La respuesta sale del artículo 2.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social de 1994: «El sistema de la Seguridad Social, CONFIGURADO POR LA ACCIÓN PROTECTORA EN SUS MODALIDADES CONTRIBUTIVA Y NO CONTRIBUTIVA, se fundamenta en los principios de universalidad, unidad, solidaridad e igualdad». Esa doble modalidad es el núcleo del objetivo del sistema, y es lo que dice la respuesta buena. Las otras tres se desmienten con el apartado 2 del mismo artículo: el Estado garantiza la protección adecuada «a las personas COMPRENDIDAS en el campo de aplicación» —no a las que quedan fuera, como pretende una de las opciones—; el sistema no promete ninguna «suficiencia total», sino una protección adecuada; y la Tesorería General de la Seguridad Social es el servicio común que gestiona la caja única, no el órgano que decide el nivel de protección ni qué contingencias cubre, cosa que hace la ley. El precepto se mantiene literalmente en el artículo 2.1 del texto refundido vigente, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 14
- Texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio) — NORMA DEROGADA por el Real Decreto Legislativo 8/2015. Es el texto vigente el día del examen — art. 2 (principis i fins de la Seguretat Social)
- Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre) — art. 2 (mateixa redacció vigent)
Pregunta 15
D'acord amb la normativa vigent, quin tipus de permís es concedeix en cas que una persona hagi estat designada en un procés electoral en curs, com a membre constituent d'una mesa electoral?
- a) Permís per flexibilitat horària recuperable.
- b) Permís per deures inexcusables de caràcter públic.Respuesta oficial
- c) Permís per assumptes personals.
- d) No es concedeix cap tipus de permís.
De acuerdo con la normativa vigente, ¿qué tipo de permiso se concede en caso de que una persona haya sido designada en un proceso electoral en curso, como miembro constituyente de una mesa electoral?
- Permiso por flexibilidad horaria recuperable.
- Permiso por deberes inexcusables de carácter público.
- Permiso por asuntos personales.
- No se concede ningún tipo de permiso.
Respuesta oficial: b) Permís per deures inexcusables de caràcter públic.
Formar parte de una mesa electoral es un deber público y obligatorio: la Ley Orgánica del Régimen Electoral General lo dice en el artículo 27.3 («los cargos de presidente y vocal de las mesas electorales son obligatorios»). La consecuencia en materia de permisos es directa: el texto único de la función pública de Cataluña concede permiso «para deberes inexcusables de carácter público o personal, durante el tiempo indispensable para cumplirlos» (artículo 96.1.d del Decreto Legislativo 1/1997), y el mismo permiso está hoy en el artículo 48.j) del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. Por eso no encaja ninguna de las otras tres respuestas: la flexibilidad horaria recuperable obliga a recuperar un tiempo que aquí no debe recuperarse; los asuntos personales son días de libre disposición que no exigen justificar causa alguna y que no deben gastarse en un deber impuesto por ley; y decir que no se concede ningún permiso contradice el precepto.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 15
- Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública — art. 96.1.d) (permís per deures inexcusables de caràcter públic o personal)
- Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG) — art. 27.3 (obligatorietat dels càrrecs de les meses electorals)
- Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) — art. 48.j) (permís vigent per deure inexcusable)
Pregunta 16
En quin dels supòsits següents NO correspon declarar el personal estatutari en la situació administrativa de serveis especials?
- a) Si passa a prestar serveis a una empresa pública.Respuesta oficial
- b) Si accedeix a una plaça de formació sanitària especialitzada mitjançant residència.
- c) Si és activat com a reservista voluntari per prestar serveis a les Forces Armades.
- d) Si és nomenat diputat del Parlament de Catalunya.
¿En cuál de los supuestos siguientes NO corresponde declarar al personal estatutario en la situación administrativa de servicios especiales?
- Si pasa a prestar servicios a una empresa pública.
- Si accede a una plaza de formación sanitaria especializada mediante residencia.
- Si es activado como reservista voluntario para prestar servicios en las Fuerzas Armadas.
- Si es nombrado diputado del Parlamento de Cataluña.
Respuesta oficial: a) Si passa a prestar serveis a una empresa pública.
El artículo 64.1 del Estatuto Marco declara en servicios especiales al personal estatutario «en los supuestos establecidos con carácter general para los funcionarios públicos», y añade dos supuestos propios: acceder a plaza de formación sanitaria especializada mediante residencia y acceder a un puesto directivo de organizaciones internacionales, de administraciones públicas, de servicios de salud o de centros del Sistema Nacional de Salud. Los supuestos generales de los funcionarios son hoy los del artículo 87 del Estatuto Básico del Empleado Público, y entre ellos están ser elegido miembro de una asamblea legislativa autonómica —el Parlamento de Cataluña— y ser activado como reservista voluntario en las Fuerzas Armadas. Por tanto, tres de las opciones sí dan lugar a servicios especiales. La que no —y por eso es la respuesta, porque la pregunta pide el supuesto en que NO corresponde— es pasar a prestar servicios a una empresa pública: eso es excedencia por prestación de servicios en el sector público, la del artículo 66 del Estatuto Marco, que se declara cuando la persona presta servicios en organismos públicos y no le corresponde quedar en otra situación, y que no reserva plaza ni computa como servicio activo.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 16
- Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud — art. 64 (serveis especials) i art. 66 (excedència per prestar serveis en el sector públic)
- Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) — art. 87 (supòsits generals de serveis especials dels funcionaris)
Pregunta 17
D'acord amb l'Estatut Marc, quin és o quins són els sistemes de provisió de places del personal estatutari?
- a) Oposició, concurs i concurs oposició, exclusivament.
- b) Només de mobilitat voluntària i mobilitat per raó de servei.
- c) Selecció de personal, promoció interna, mobilitat, reingrés a servei actiu i en llocs determinats prèviament per cada servei de salut per lliure designació.Respuesta oficial
- d) Comissió de serveis amb caràcter permanent.
De acuerdo con el Estatuto Marco, ¿cuál es o cuáles son los sistemas de provisión de plazas del personal estatutario?
- Oposición, concurso y concurso-oposición, exclusivamente.
- Solo de movilidad voluntaria y movilidad por razón de servicio.
- Selección de personal, promoción interna, movilidad, reingreso al servicio activo y en puestos determinados previamente por cada servicio de salud por libre designación.
- Comisión de servicios con carácter permanente.
Respuesta oficial: c) Selecció de personal, promoció interna, mobilitat, reingrés a servei actiu i en llocs determinats prèviament per cada servei de salut per lliure designació.
El artículo 29.2 del Estatuto Marco enumera los sistemas de provisión de plazas: «La provisión de plazas del personal estatutario se realizará por los sistemas de selección de personal, de promoción interna y de movilidad, así como por reingreso al servicio activo en los supuestos y mediante el procedimiento que en cada servicio de salud se establezcan», y el apartado 3 añade que «en cada servicio de salud se determinarán los puestos que puedan ser provistos mediante libre designación». La respuesta buena es la que reproduce esa lista entera, incluida la libre designación. Las otras tres la recortan o la desfiguran: la oposición, el concurso y el concurso-oposición son los SISTEMAS SELECTIVOS del artículo 31, no la lista de sistemas de provisión, y decir «exclusivamente» es falso; reducirlo a movilidad voluntaria y movilidad por razón de servicio deja fuera la selección, la promoción interna y el reingreso; y la comisión de servicios es una forma de provisión temporal que el artículo 39 prevé con carácter excepcional, no un sistema de provisión con «carácter permanente».
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 17
- Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud — art. 29.2 i 29.3 (sistemes de provisió i llocs de lliure designació)
Pregunta 18
Els actes administratius es caracteritzen per ser:
- a) Actes legislatius.
- b) Actes polítics.
- c) Declaracions de voluntat.Respuesta oficial
- d) Reglaments.
Los actos administrativos se caracterizan por ser:
- Actos legislativos.
- Actos políticos.
- Declaraciones de voluntad.
- Reglamentos.
Respuesta oficial: c) Declaracions de voluntat.
La pregunta pide la naturaleza del acto administrativo, y la respuesta buena es la que lo define como declaración de voluntad. La caracterización clásica del acto administrativo —declaración de voluntad, de juicio, de conocimiento o de deseo hecha por una administración en el ejercicio de una potestad administrativa distinta de la reglamentaria— es doctrinal, pero las tres respuestas descartadas pueden refutarse con norma en la mano. Los actos legislativos no son actos administrativos: emanan del poder legislativo y tienen rango de ley. Los actos políticos o de gobierno quedan fuera del derecho administrativo y, en nuestro ordenamiento, del control ordinario de legalidad que la Ley 29/1998 reserva a la actuación administrativa. Y el reglamento tampoco es un acto administrativo: la Ley 30/1992 los trata como categorías distintas —el artículo 107.3 dice que «contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabrá recurso en vía administrativa», precisamente porque no son actos—, y la Ley 26/2010 de Cataluña los regula en títulos separados, el de los actos administrativos por un lado y el de las disposiciones reglamentarias por otro.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 18
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC) — NORMA DEROGADA con efectos de 2 de octubre de 2016 por la disposición derogatoria única.2.a) de la Ley 39/2015. Es la norma de procedimiento vigente el día del examen (23.11.2003), en la redacción dada por la Ley 4/1999 — arts. 53 i 54 (requisits i motivació dels actes) i art. 107.3 (les disposicions generals no són impugnables en via administrativa)
- Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña — regulació separada dels actes administratius i de les disposicions reglamentàries
Pregunta 19
El pressupost de les diferents entitats orgàniques que figuren als pressupostos de la Generalitat de Catalunya s'han de consolidar entre si. Pel que fa a l'ICS, amb quines entitats ha de dur a terme aquest procés de consolidació?
- a) Amb totes les entitats amb les quals té relacions econòmiques.Respuesta oficial
- b) Exclusivament amb les entitats dependents del Departament de Salut amb les quals té relacions econòmiques.
- c) Només amb el Servei Català de la Salut/CatSalut.
- d) Amb les empreses públiques de la Generalitat de Catalunya.
El presupuesto de las diferentes entidades orgánicas que figuran en los presupuestos de la Generalitat de Catalunya deben consolidarse entre sí. En lo que se refiere al ICS, ¿con qué entidades debe llevar a cabo este proceso de consolidación?
- Con todas las entidades con las que tiene relaciones económicas.
- Exclusivamente con las entidades dependientes del Departamento de Salud con las que tiene relaciones económicas.
- Solo con el Servei Català de la Salut/CatSalut.
- Con las empresas públicas de la Generalitat de Catalunya.
Respuesta oficial: a) Amb totes les entitats amb les quals té relacions econòmiques.
Consolidar un presupuesto no es sumarlo: es sumar y restar. La definición operativa que utiliza la Administración catalana es esta: «El presupuesto consolidado de dos o más organismos vinculados entre sí es el resultado de sumar el importe del presupuesto de cada organismo y restar la suma de los importes de las transferencias que pueden hacerse entre sí». De ahí sale la respuesta: el ICS debe consolidar con TODAS las entidades con las que tiene relaciones económicas, porque lo que se elimina es cada transferencia interna, venga de donde venga. La base legal de por qué esto debe hacerse es el artículo 29.1 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña: «El presupuesto de la Generalitat incluirá la totalidad de sus gastos e ingresos, así como los de las entidades autónomas y empresas públicas»; si no se eliminaran las operaciones recíprocas, el mismo dinero se contaría dos veces. Las otras tres respuestas acotan el perímetro por criterios que la consolidación no utiliza: el departamento de adscripción, un único ente financiador —el CatSalut, que es el principal pero no el único— o la forma jurídica de empresa pública.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 19
- Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña — art. 29.1 (el pressupost inclou la totalitat de despeses i ingressos de la Generalitat, entitats autònomes i empreses públiques)
- Escuela de Administración Pública de Cataluña. Curso «Gestión del presupuesto de la Generalitat de Catalunya», unidad 4: la consolidación y la estabilidad presupuestarias (formación abierta) — unitat 4, definició de pressupost consolidat i de transferències internes
Pregunta 20
A quina fase pressupostària s'ha de disposar de les dades identificatives del proveïdor, l'import exacte i real del seu deute, el concepte pressupostari o d'imputació de la despesa i les dades bancàries del proveïdor?
- a) Reserva.
- b) Autorització.
- c) Disposició.
- d) Obligació.Respuesta oficial
¿En qué fase presupuestaria debe disponerse de los datos identificativos del proveedor, el importe exacto y real de su deuda, el concepto presupuestario o de imputación del gasto y los datos bancarios del proveedor?
- Reserva.
- Autorización.
- Disposición.
- Obligación.
Respuesta oficial: d) Obligació.
Las cuatro fases del gasto están definidas, una por apartado, en el artículo 46 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña. La autorización «acuerda la realización de un gasto con cargo a un crédito presupuestario determinado sin sobrepasar su importe pendiente de aplicación calculada de manera cierta o aproximada por exceso»: todavía no hay ni proveedor ni importe exacto. La disposición «acuerda o concierta la realización concreta de obras, la prestación de servicios o el suministro» y es donde «queda formalizada la reserva del crédito por un importe y condiciones exactamente determinados». Y la obligación es «la operación de contraer en cuentas los créditos exigibles contra la Generalitat porque ha sido acreditada satisfactoriamente la prestación objeto de la disposición»: es aquí, y no antes, donde hay una deuda exigible con un importe real y un acreedor identificado, y por tanto donde hacen falta los datos identificativos y bancarios del proveedor para poder proponer su pago. La «reserva» que aparece como opción no es una fase autónoma del artículo 46: la reserva de crédito es un efecto de la autorización.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 20
- Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña — art. 46 (autorització, disposició, obligació i pagament proposat) i art. 47 (competències)
Pregunta 21
Segons l'Estatut Marc, el període de vacances anuals només pot ser substituït per una compensació econòmica:
- a) En el cas de finalització de la prestació de serveis.Respuesta oficial
- b) De manera excepcional, per necessitats del servei.
- c) A petició de la persona interessada.
- d) Les vacances no són mai motiu de liquidació.
Según el Estatuto Marco, el período de vacaciones anuales solo puede ser sustituido por una compensación económica:
- En el caso de finalización de la prestación de servicios.
- De manera excepcional, por necesidades del servicio.
- A petición de la persona interesada.
- Las vacaciones no son nunca motivo de liquidación.
Respuesta oficial: a) En el cas de finalització de la prestació de serveis.
El artículo 53 del Estatuto Marco regula las vacaciones anuales: el personal tiene derecho a una vacación retribuida «cuya duración no será inferior a 30 días naturales», el período de disfrute se fija según la programación funcional del centro y, en el apartado 3, la regla que la pregunta busca: «El período de vacación anual solo podrá ser sustituido por una compensación económica EN EL CASO DE FINALIZACIÓN DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS». Es la única excepción que la ley admite, y por eso las otras tres respuestas fallan: ni las necesidades del servicio ni la petición de la persona interesada permiten cambiar vacaciones por dinero —la finalidad del descanso es preventiva e indisponible—, y decir que las vacaciones no son nunca motivo de liquidación niega justamente la excepción que el artículo reconoce. En la misma línea, el artículo 109.1 de la Ley General de la Seguridad Social prevé expresamente que las vacaciones devengadas y no disfrutadas que se retribuyen al finalizar la relación son objeto de liquidación y cotización complementarias.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 21
- Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud — art. 53.1 i 53.3 (durada i substitució per compensació econòmica)
- Texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio) — NORMA DEROGADA por el Real Decreto Legislativo 8/2015. Es el texto vigente el día del examen — art. 109.1 (liquidació i cotització complementària de les vacances no gaudides)
Pregunta 22
Quin d'aquests documents administratius té caràcter protocol·lari?
- a) La citació.
- b) La convocatòria de reunió.
- c) La invitació.
- d) El saluda.Respuesta oficial
¿Cuál de estos documentos administrativos tiene carácter protocolario?
- La citación.
- La convocatoria de reunión.
- La invitación.
- El saluda.
Respuesta oficial: d) El saluda.
La tipología de documentos administrativos distingue los documentos de gestión o de tramitación de los documentos protocolarios, que son los que acompañan actos institucionales y de cortesía y no producen efecto jurídico alguno en un expediente. El saluda es el documento protocolario por excelencia: escrito en tercera persona, sin firma autógrafa al pie —va el nombre del cargo impreso—, sin datación completa y con una fórmula fija de cortesía, sirve para felicitar, agradecer, ofrecer un cargo o invitar. Las otras tres opciones son documentos de gestión con efectos de trámite: la citación convoca a una persona a comparecer ante un órgano, la convocatoria de reunión abre la sesión de un órgano y fija su orden del día, y la invitación —cuando es de tramitación— forma parte de un procedimiento. El manual de referencia de la Administración catalana para esta tipología es «Documentació jurídica i administrativa», de la Dirección General de Política Lingüística.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 22
- Documentación jurídica y administrativa (Dirección General de Política Lingüística): criterios de redacción y modelos de documentos — tipologia de documents administratius: documents protocol·laris (el saluda) i documents de gestió
Pregunta 23
Criterio superado — la norma ha cambiado La respuesta marcada sigue siendo la del tribunal; la explicación de abajo recoge la corrección vigente.
La interposició d'un recurs administratiu pot suspendre l'execució de l'acte impugnat si concorre alguna de les següents circumstàncies:
- a) Que l'execució pogués causar perjudicis d'impossible o dificil reparació.Respuesta oficial
- b) Que la impugnació es fonamenti en alguna de les causes de nul·litat de ple dret o anul·labilitat previstes a l'art. 62 de la Llei 30/1992.
- c) L'execució de l'acte impugnat s'entén suspès si transcorreguts deu dies des que la sol·licitud de suspensió l'òrgan competent no ha dictat resolució expressa respecte d'això.
- d) La interposició d'un recurs administratiu mai suspèn l'execució de l'acte impugnat.
La interposición de un recurso administrativo puede suspender la ejecución del acto impugnado si concurre alguna de las siguientes circunstancias:
- Que la ejecución pudiese causar perjuicios de imposible o difícil reparación.
- Que la impugnación se fundamente en alguna de las causas de nulidad de pleno derecho o anulabilidad previstas en el art. 62 de la Ley 30/1992.
- La ejecución del acto impugnado se entiende suspendida si transcurridos diez días desde que la solicitud de suspensión el órgano competente no ha dictado resolución expresa al respecto.
- La interposición de un recurso administrativo nunca suspende la ejecución del acto impugnado.
Respuesta oficial: a) Que l'execució pogués causar perjudicis d'impossible o dificil reparació.
La regla general del artículo 111.1 de la Ley 30/1992 es que interponer un recurso NO suspende la ejecución del acto impugnado. El apartado 2 admite la suspensión, previa ponderación razonada entre el perjuicio al interés público o a terceros y el perjuicio al recurrente, cuando concurra alguna de estas dos circunstancias: «a) Que la ejecución pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación. b) Que la impugnación se fundamente en alguna de las causas de NULIDAD DE PLENO DERECHO previstas en el artículo 62.1 de esta Ley». La respuesta buena es la primera de esas dos. La segunda opción del papel añade la anulabilidad, que el artículo 111.2.b) no menciona: solo la nulidad de pleno derecho. La tercera cambia el plazo del silencio: el artículo 111.3 lo fija en TREINTA días desde que la solicitud entra en el registro del órgano competente, no en diez. Y la cuarta niega la posibilidad misma de suspender. Corrección vigente: la Ley 30/1992 está derogada; la materia está hoy en el artículo 117 de la Ley 39/2015, que mantiene la regla general y las dos circunstancias, con un cambio relevante que conviene saber: el plazo del silencio favorable a la suspensión ha pasado a UN MES.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 23
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC) — NORMA DEROGADA con efectos de 2 de octubre de 2016 por la disposición derogatoria única.2.a) de la Ley 39/2015. Es la norma de procedimiento vigente el día del examen (23.11.2003), en la redacción dada por la Ley 4/1999 — art. 111.1, 111.2 i 111.3 (suspensió de l'execució i silenci de trenta dies)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas — art. 117 (règim vigent de la suspensió; silenci d'un mes)
Pregunta 24
Segons l'Estatut Marc, quina de les afirmacions següents és correcta en relació amb la selecció de personal estatutari temporal?
- a) No és necessari que es compleixin els requisits de nacionalitat.
- b) El personal estatutari temporal no està subjecte al període provatori.
- c) Els llicenciats amb títol d'especialista en ciències de la salut estan subjectes a un període de prova que no pot superar el tres mesos de treball efectiu.Respuesta oficial
- d) No està regulat a l'Estatut Marc.
Según el Estatuto Marco, ¿cuál de las afirmaciones siguientes es correcta en relación con la selección de personal estatutario temporal?
- No es necesario que se cumplan los requisitos de nacionalidad.
- El personal estatutario temporal no está sujeto al período de prueba.
- Los licenciados con título de especialista en ciencias de la salud están sujetos a un período de prueba que no puede superar el tres meses de trabajo efectivo.
- No está regulado en el Estatuto Marco.
Respuesta oficial: c) Els llicenciats amb títol d'especialista en ciències de la salut estan subjectes a un període de prova que no pot superar el tres mesos de treball efectiu.
La respuesta es el artículo 33.3 del Estatuto Marco, que permite someter al personal estatutario temporal a un período de prueba durante el cual cualquiera de las partes puede resolver la relación: «El período de prueba no podrá superar los TRES MESES de trabajo efectivo en el caso del personal previsto en los artículos 6.2.a) y 7.2.a) de esta ley y los dos meses para el resto del personal», y en ningún caso puede exceder la mitad de la duración del nombramiento. Los artículos 6.2.a) y 7.2.a) son, respectivamente, el personal sanitario y el de gestión y servicios con título de licenciado —de ahí que la pregunta hable de licenciados con título de especialista en ciencias de la salud. Por eso falla decir que el personal temporal no está sujeto a período de prueba. También falla decir que no hay que cumplir los requisitos de nacionalidad: el artículo 33.1 exige que el personal temporal reúna los requisitos del artículo 30.5, entre los cuales están los de nacionalidad. Y la última opción, que la materia no está regulada en el Estatuto Marco, se desmiente con el mismo artículo 33. Nota de transcripción: el papel escribe «no puede superar el tres meses»; la errata es del cuadernillo oficial.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 24
- Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud — art. 33.1 i 33.3 (selecció de personal estatutari temporal i període de prova) i art. 30.5 (requisits)
Pregunta 25
Quin és el nombre de delegats i delegades de prevenció en una empresa segons el seu nombre de treballadors/es?
- a) Un delegat/da de prevenció en empreses de fins a 50 treballadors/es.
- b) Dos delegats/des de prevenció en empreses de 49 a 99 treballadors/es.
- c) Dos delegats/des de prevenció en empreses de 50 a 100 treballadors/es.Respuesta oficial
- d) Dos delegats/des de prevenció en empreses de 50 a 101 treballadors/es.
¿Cuál es el número de delegados y delegadas de prevención en una empresa según su número de trabajadores/as?
- Un delegado/a de prevención en empresas de hasta 50 trabajadores/as.
- Dos delegados/as de prevención en empresas de 49 a 99 trabajadores/as.
- Dos delegados/as de prevención en empresas de 50 a 100 trabajadores/as.
- Dos delegados/as de prevención en empresas de 50 a 101 trabajadores/as.
Respuesta oficial: c) Dos delegats/des de prevenció en empreses de 50 a 100 treballadors/es.
La escala del artículo 35.2 de la Ley 31/1995 empieza exactamente aquí: «De 50 a 100 trabajadores: 2 Delegados de Prevención», y continúa con 3 delegados de 101 a 500, 4 de 501 a 1.000, y así hasta 8 a partir de 4.001. El mismo apartado resuelve por debajo de los 50: «En las empresas de hasta treinta trabajadores el Delegado de Prevención será el Delegado de Personal. En las empresas de treinta y uno a cuarenta y nueve trabajadores habrá un Delegado de Prevención que será elegido por y entre los Delegados de Personal». Con eso caen las otras tres respuestas: no hay ningún tramo de «hasta 50» con un delegado —los tramos son hasta 30 y de 31 a 49—, no existe ningún tramo «de 49 a 99», y el segundo tramo empieza en 101. Conviene recordar el artículo 35.3: los contratos de duración determinada superior a un año computan como personal fijo, y los de hasta un año se computan a razón de un trabajador más por cada doscientos días trabajados o fracción.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 25
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales — art. 35.2 i 35.3 (escala de delegats de prevenció i còmput de la plantilla)
Pregunta 26
Criterio superado — la norma ha cambiado La respuesta marcada sigue siendo la del tribunal; la explicación de abajo recoge la corrección vigente.
El dret a l'autonomia del pacient NO integra el dret:
- a) A ser informat del tractament per tal de poder donar el seu consentiment.
- b) Que es tinguin en compte les voluntats anticipades.
- c) A l'eutanàsia activa.Respuesta oficial
- d) Del menor d'edat a ser consultat segons la seva maduresa intel·lectual.
El derecho a la autonomía del paciente NO integra el derecho:
- A ser informado del tratamiento con el fin de poder dar su consentimiento.
- A que se tengan en cuenta las voluntades anticipadas.
- A la eutanasia activa.
- Del menor de edad a ser consultado según su madurez intelectual.
Respuesta oficial: c) A l'eutanàsia activa.
El derecho a la autonomía del paciente es, en Cataluña, el que dibujan la Ley 21/2000 y, en el ámbito estatal, la Ley 41/2002: derecho a recibir información asistencial y a consentir libremente tras recibirla, derecho al respeto de las voluntades anticipadas otorgadas de antemano para el momento en que la persona no pueda expresarse, y derecho del menor a ser escuchado y consultado según su madurez. Tres de las respuestas son exactamente esos contenidos. La que no lo es —y por tanto la correcta, porque la pregunta pide el derecho que NO integra— es la eutanasia activa: el día del examen no era un derecho reconocido por ninguna norma española y, de hecho, provocar activamente la muerte de otra persona a petición suya estaba tipificado en el artículo 143.4 del Código Penal. Corrección vigente: esta respuesta ha dejado de ser cierta en sus términos. La Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, reconoció el derecho a solicitar y recibir la prestación de ayuda para morir con las condiciones y garantías que establece, y modificó el mismo artículo 143 del Código Penal para despenalizar la conducta realizada conforme a la ley. La prestación no se configura como una manifestación del derecho a la autonomía del paciente de la Ley 21/2000 sino como un derecho autónomo con procedimiento propio, pero hoy esta pregunta ya no podría formularse igual.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 26
- Ley 21/2000, de 29 de diciembre, sobre los derechos de información concerniente a la salud y la autonomía del paciente, y la documentación clínica — arts. 2 i 6 (informació i consentiment informat), art. 7 (consentiment per substitució i menors) i art. 8 (voluntats anticipades)
- Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica — art. 2 (principis bàsics), art. 8 (consentiment informat) i art. 11 (instruccions prèvies)
- Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia — arts. 1, 4 i 5 (dret a sol·licitar i rebre la prestació d'ajuda per morir) i disposició final primera (modificació de l'art. 143 del Codi penal)
Pregunta 27
Criterio superado — la norma ha cambiado La respuesta marcada sigue siendo la del tribunal; la explicación de abajo recoge la corrección vigente.
D'acord amb la Llei 30/1992, de règim jurídic de les administracions públiques i del procediment administratiu comú, quins són els principis de l'activitat registral?
- a) Unitat registral, intercomunicabilitat dels registres, autoorganització registral.Respuesta oficial
- b) Descentralització registral, intercomunicació dels registres generals, organització dels centres
- c) Unitat registral, independència dels registres, autoorganització.
- d) Unitat registral, independència dels registres i jerarquia processal.
De acuerdo con la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, ¿cuáles son los principios de la actividad registral?
- Unidad registral, intercomunicabilidad de los registros, autoorganización registral.
- Descentralización registral, intercomunicación de los registros generales, organización de los centros
- Unidad registral, independencia de los registros, autoorganización.
- Unidad registral, independencia de los registros y jerarquía procesal.
Respuesta oficial: a) Unitat registral, intercomunicabilitat dels registres, autoorganització registral.
El artículo 38 de la Ley 30/1992 organiza la actividad registral sobre tres ideas, y son las tres que recoge la respuesta buena. UNIDAD registral: «Los órganos administrativos llevarán un registro general en el que se hará el correspondiente asiento de todo escrito o comunicación que sea presentado o que se reciba», y el sistema debe garantizar la integración informática en el registro general de las anotaciones efectuadas en los registros auxiliares. INTERCOMUNICABILIDAD: el apartado 4 permite presentar escritos en los registros de cualquier órgano del Estado, de las comunidades autónomas, de las diputaciones y de determinados ayuntamientos, y prevé convenios para establecer «sistemas de intercomunicación y coordinación de registros». AUTOORGANIZACIÓN: el apartado 2 deja que cada órgano cree los registros auxiliares que le convengan, y el apartado 6 que cada administración fije los días y el horario de sus registros. Las otras tres respuestas sustituyen la intercomunicación por la «independencia» de los registros —que es justamente lo contrario— o añaden una «jerarquía procesal» que el artículo no conoce. Corrección vigente: la Ley 30/1992 está derogada. La materia está hoy en los artículos 16 y 31 de la Ley 39/2015, que va mucho más allá: registro electrónico general de cada administración, interoperabilidad obligatoria entre registros y sede electrónica.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 27
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC) — NORMA DEROGADA con efectos de 2 de octubre de 2016 por la disposición derogatoria única.2.a) de la Ley 39/2015. Es la norma de procedimiento vigente el día del examen (23.11.2003), en la redacción dada por la Ley 4/1999 — art. 38 (registres: registre general, registres auxiliars, llocs de presentació i intercomunicació)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas — art. 16 (registres electrònics i interoperabilitat)
Pregunta 28
En un procediment administratiu, quin és el termini màxim de què disposa l'Administració per dictar resolució i notificar-la, excepte si una norma amb rang de llei estableixi un termini superior?
- a) 10 dies.
- b) 2 mesos.
- c) 3 mesos.
- d) 6 mesos.Respuesta oficial
En un procedimiento administrativo, ¿cuál es el plazo máximo de que dispone la Administración para dictar resolución y notificarla, excepto si una norma con rango de ley establece un plazo superior?
- 10 días.
- 2 meses.
- 3 meses.
- 6 meses.
Respuesta oficial: d) 6 mesos.
El artículo 42.2 de la Ley 30/1992 dice que el plazo máximo en que debe notificarse la resolución expresa es el que fije la norma reguladora del procedimiento, y le pone un techo: «Este plazo no podrá exceder de SEIS MESES salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en la normativa comunitaria europea». El enunciado reproduce esa excepción con las mismas palabras, y por eso la respuesta es seis meses. La trampa habitual es confundir ese techo con el plazo supletorio del apartado 3: cuando la norma del procedimiento no fija ninguno, el plazo es de TRES meses. Los diez días de la primera opción son el plazo para cursar la notificación una vez dictado el acto (artículo 58.2), no para resolver. La regla sigue siendo la misma hoy: el artículo 21.2 de la Ley 39/2015 mantiene el techo de seis meses salvo que una norma con rango de ley establezca uno superior o lo prevea el derecho de la Unión Europea, y el apartado 3 el supletorio de tres meses.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 28
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC) — NORMA DEROGADA con efectos de 2 de octubre de 2016 por la disposición derogatoria única.2.a) de la Ley 39/2015. Es la norma de procedimiento vigente el día del examen (23.11.2003), en la redacción dada por la Ley 4/1999 — art. 42.2 i 42.3 (termini màxim de sis mesos i supletori de tres)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas — art. 21.2 i 21.3 (mateixa regla vigent)
Pregunta 29
Contra les disposicions administratives de caràcter general es pot interposar en via administrativa:
- a) Recurs d'alçada.
- b) Recurs potestatiu de reposició.
- c) Recurs d'alçada o de reposició segons l'òrgan emissor.
- d) No es pot interposar cap recurs en via administrativa.Respuesta oficial
Contra las disposiciones administrativas de carácter general se puede interponer en vía administrativa:
- Recurso de alzada.
- Recurso potestativo de reposición.
- Recurso de alzada o de reposición según el órgano emisor.
- No se puede interponer ningún recurso en vía administrativa.
Respuesta oficial: d) No es pot interposar cap recurs en via administrativa.
La frase es taxativa: «Contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabrá recurso en vía administrativa» (artículo 107.3 de la Ley 30/1992). El motivo es de naturaleza: el recurso administrativo se dirige contra actos, y un reglamento no es un acto. El mismo apartado abre la única puerta: los recursos contra un acto administrativo que se funden únicamente en la nulidad de una disposición general pueden interponerse directamente ante el órgano que dictó dicha disposición; y, fuera de la vía administrativa, el reglamento siempre puede impugnarse ante la jurisdicción contencioso-administrativa, por vía directa o indirecta. Por eso no valen las respuestas que ofrecen la alzada, la reposición o cualquiera de las dos según el órgano emisor. La regla se mantiene intacta en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, con la misma redacción.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 29
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC) — NORMA DEROGADA con efectos de 2 de octubre de 2016 por la disposición derogatoria única.2.a) de la Ley 39/2015. Es la norma de procedimiento vigente el día del examen (23.11.2003), en la redacción dada por la Ley 4/1999 — art. 107.3 (no escau recurs administratiu contra disposicions generals)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas — art. 112.3 (mateixa regla vigent)
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa — arts. 25 i 26 (impugnació directa i indirecta de reglaments davant la jurisdicció contenciosa)
Pregunta 30
Quin rang de llei té l'Estatut d'autonomia de Catalunya?
- a) Ordinària de caràcter estatal.
- b) Orgànica de caràcter estatal.Respuesta oficial
- c) Marc.
- d) De bases
¿Qué rango de ley tiene el Estatuto de autonomía de Cataluña?
- Ordinaria de carácter estatal.
- Orgánica de carácter estatal.
- Marco.
- De bases
Respuesta oficial: b) Orgànica de caràcter estatal.
El Estatuto de autonomía es una ley orgánica del Estado. Lo dice la Constitución por dos vías convergentes: el artículo 81.1 incluye entre las leyes orgánicas «las que aprueben los Estatutos de Autonomía», y el artículo 147.3 añade que la reforma de los Estatutos «requerirá, en todo caso, la aprobación por las Cortes Generales, mediante ley orgánica». Esa es la naturaleza formal; materialmente, el artículo 147.1 lo define como «la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma», que el Estado reconoce y ampara como parte integrante de su ordenamiento. De ahí que las otras respuestas no encajen: no es una ley ordinaria —requiere mayoría absoluta del Congreso en una votación final sobre el conjunto—, no es una «ley marco» —las leyes marco son las del artículo 150.1, un instrumento completamente distinto— y tampoco una ley de bases, que es la técnica de delegación legislativa del artículo 82.2 para formar textos articulados. El Estatuto vigente en Cataluña es la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 30
- Constitución Española de 1978 — art. 81.1 (matèries reservades a llei orgànica), art. 147.1 i 147.3 (norma institucional bàsica i reforma per llei orgànica) i art. 150.1 (lleis marc)
- Estatuto de autonomía de Cataluña (Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio) — Llei orgànica 6/2006, de 19 de juliol, de reforma de l'Estatut d'autonomia de Catalunya
Pregunta 31
D'acord amb la definició que fa el II Acord de la mesa sectorial de negociació de sanitat sobre les condicions de treball del personal estatutari de l'Institut Català de la Salut, del nou model de l'atenció continuada i les urgències de base territorial a l'atenció primària de l'Institut Català de la Salut, els centres d'urgències d'atenció primària (CUAP) són:
- a) Un dispositiu assistencial amb un àrea d'influència que no ultrapassa un servei d'atenció primària.
- b) Un dispositiu assistencial que funciona les 24 hores/dia i 365 dies/any i té una àrea d'influència que pot ser entre 6 i 12 ABS.Respuesta oficial
- c) Un dispositiu assistencial que funciona fora de l'horari ordinari dels EAP de referència i té un àrea d'influència que pot ser entre 1 i 6 ABS.
- d) Un dispositiu assistencial en entorns aïllats i/o de muntanya que funciona fora de l'horari ordinari dels seus EAP de referència i el seu abast serà d'1 ABS.
De acuerdo con la definición que hace el II Acuerdo de la mesa sectorial de negociación de sanidad sobre las condiciones de trabajo del personal estatutario del Instituto Catalán de la Salud, del nuevo modelo de la atención continuada y las urgencias de base territorial en la atención primaria del Instituto Catalán de la Salud, los centros de urgencias de atención primaria (CUAP) son:
- Un dispositivo asistencial con un área de influencia que no rebasa un servicio de atención primaria.
- Un dispositivo asistencial que funciona las 24 horas/día y 365 días/año y tiene un área de influencia que puede ser entre 6 y 12 ABS.
- Un dispositivo asistencial que funciona fuera del horario ordinario de los EAP de referencia y tiene un área de influencia que puede ser entre 1 y 6 ABS.
- Un dispositivo asistencial en entornos aislados y/o de montaña que funciona fuera del horario ordinario de sus EAP de referencia y su alcance será de 1 ABS.
Respuesta oficial: b) Un dispositiu assistencial que funciona les 24 hores/dia i 365 dies/any i té una àrea d'influència que pot ser entre 6 i 12 ABS.
El II Acuerdo de la mesa sectorial de sanidad define, dentro del nuevo modelo de atención continuada y urgencias de base territorial, tres tipos de dispositivo dentro de cada ámbito territorial (ACUT), y los distingue por horario, entorno y área de influencia. El centro de urgencias de atención primaria (CUAP) es el dispositivo «en el que el ciudadano podrá acceder, bien directamente, bien telefónicamente, y que funcionan 24 horas/día y 365 días/año», son de entorno básicamente urbano y tienen «un área de influencia determinada que, dependiendo del grado de concentración poblacional, puede ser entre 6 y 12 ABS», con una isócrona máxima de 30 minutos. Esa es la respuesta. Las otras tres describen los otros dos dispositivos o ninguno: el que funciona fuera del horario ordinario de los EAP de referencia con un área de entre 1 y 6 ABS es el punto de atención continuada (PAC), en entornos rurales y semiurbanos; el que funciona fuera del horario ordinario en entornos aislados o de montaña y tiene un alcance de 1 ABS es el dispositivo de atención continuada de entornos aislados, con atención localizada; y la que habla de un área que no rebasa un servicio de atención primaria no corresponde a ninguna definición del Acuerdo. Nota de transcripción: el cuadernillo escribe «un àrea d'influència»; la errata es del papel.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 31
- II Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad sobre las condiciones de trabajo del personal estatutario del ICS — apartado 6, carrera profesional y DPO — apartat 8.1, nou model de l'atenció continuada i les urgències de base territorial: definició d'ACUT, CUAP, PAC i dispositius d'entorns aïllats
Pregunta 32
Quin dels següents és un òrgan actiu de l'Administració de la Generalitat de Catalunya?
- a) President de la Generalitat.
- b) Conseller.
- c) Director general.
- d) Subdirector general.Respuesta oficial
¿Cuál de los siguientes es un órgano activo de la Administración de la Generalitat de Catalunya?
- Presidente de la Generalitat.
- Consejero.
- Director general.
- Subdirector general.
Respuesta oficial: d) Subdirector general.
La Ley 13/1989 clasifica los órganos administrativos de la Generalitat «en centrales y territoriales o periféricos y en consultivos y activos». Son consultivos los que tienen asignadas funciones de informe, consulta, asesoramiento o propuesta. Y el artículo 24.1 cierra la lista de los activos: «A los efectos de esta Ley, salvo los órganos superiores y los altos cargos, son órganos activos de la Administración de la Generalitat las SUBDIRECCIONES GENERALES, los Servicios, las Secciones y los Negociados», y cualquier otro órgano activo debe asimilarse a alguno de estos. La cláusula de exclusión inicial es lo que resuelve la pregunta: el presidente de la Generalitat, el consejero y el director general son órganos superiores o altos cargos y, por eso, quedan fuera de la lista; el subdirector general es su primer escalón. El mismo artículo añade que la dirección de los órganos activos debe ejercerla personal funcionario de carrera, y el artículo 25 reparte entre el Gobierno y el consejero la creación y la supresión de estos órganos según sean iguales o superiores al nivel de sección.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 32
- Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña. Los artículos de organización (1-23) siguen vigentes; los de procedimiento (36-42, 68-73, 79-81…) fueron derogados por la Ley 26/2010 — art. 5 (classificació dels òrgans), art. 21 (òrgans consultius) i art. 24 (òrgans actius: subdireccions generals, serveis, seccions i negociats)
Pregunta 33
El II Acord de la mesa sectorial de negociació de sanitat sobre les condicions de treball del personal estatutari de l'Institut Català de la Salut defineix l'accés a la carrera professional del personal estatutari de l'ICS com a:
- a) Reversible en qualsevol nivell.
- b) Obligatori per a tot el personal que compleixi els requisits.
- c) Automàtic des del moment que s'adquireix la condició de personal estatuari fix.
- d) Voluntari, tant en el moment d'entrada com en possibles canvis a nivells superiors.Respuesta oficial
El II Acuerdo de la mesa sectorial de negociación de sanidad sobre las condiciones de trabajo del personal estatutario del Instituto Catalán de la Salud define el acceso a la carrera profesional del personal estatutario del ICS como:
- Reversible en cualquier nivel.
- Obligatorio para todo el personal que cumpla los requisitos.
- Automático desde el momento en que se adquiere la condición de personal estatutario fijo.
- Voluntario, tanto en el momento de entrada como en posibles cambios a niveles superiores.
Respuesta oficial: d) Voluntari, tant en el moment d'entrada com en possibles canvis a nivells superiors.
El II Acuerdo de la mesa sectorial de sanidad implantó la carrera profesional en el ICS y definió su acceso con una frase que la pregunta reproduce casi literalmente: «la carrera profesional es de acceso voluntario y debe ser solicitada personalmente por el interesado, tanto en lo que se refiere al momento de entrada como a los posibles cambios a niveles superiores». Esa voluntariedad es lo que hace caer las otras tres respuestas: no es obligatoria para quien cumpla los requisitos, no es automática al adquirir la condición de personal fijo —el mismo Acuerdo fija una convocatoria anual con presentación de solicitudes durante el último trimestre de cada año— y no es reversible en cualquier nivel, porque el nivel alcanzado se consolida. Conviene tener presente que este modelo ha sido sustituido: el III Acuerdo de la mesa sectorial de sanidad, publicado en el DOGC en 2024, es el que regula hoy la carrera profesional y la dirección por objetivos del personal del ICS, manteniendo el carácter voluntario del acceso. Nota de transcripción: el cuadernillo escribe «personal estatuari fix»; la errata es del papel.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 33
- II Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad sobre las condiciones de trabajo del personal estatutario del ICS — apartado 6, carrera profesional y DPO — carrera professional, apartat d'accés: accés voluntari i sol·licitud personal de l'interessat
- III Acuerdo de condiciones de trabajo del personal estatutario del ICS (Resolución EMT/74/2024, DOGC núm. 9085) — acord vigent que regula la carrera professional i la DPO del personal de l'ICS
Pregunta 34
El termini màxim per interposar un recurs de reposició contra la resolució d'un recurs d'alçada és:
- a) Un mes.
- b) Tres mesos.
- c) Un mes en cas d'actes expressos i tres mesos si no ho és.
- d) No es pot interposar recurs de reposició contra la resolució d'un recurs d'alçada.Respuesta oficial
El plazo máximo para interponer un recurso de reposición contra la resolución de un recurso de alzada es:
- Un mes.
- Tres meses.
- Un mes en caso de actos expresos y tres meses si no lo es.
- No se puede interponer recurso de reposición contra la resolución de un recurso de alzada.
Respuesta oficial: d) No es pot interposar recurs de reposició contra la resolució d'un recurs d'alçada.
La respuesta es que no puede interponerse ninguno, y el precepto es el artículo 115.3 de la Ley 30/1992: «Contra la resolución de un recurso de alzada no cabrá ningún otro recurso administrativo, salvo el recurso extraordinario de revisión en los casos establecidos en el artículo 118.1». La razón de fondo es que la resolución de la alzada agota la vía administrativa: a partir de ahí el camino es el contencioso-administrativo. Las dos opciones que dan un plazo de un mes o de tres meses confunden esta pregunta con la del plazo para interponer la reposición contra actos que sí agotan la vía, que el artículo 117.1 fija en un mes si el acto es expreso y tres meses si no lo es; pero aquí el problema no es el plazo, sino que el recurso no procede. El régimen vigente es idéntico: el artículo 122.3 de la Ley 39/2015 repite que contra la resolución de un recurso de alzada no cabe ningún otro recurso administrativo, salvo el extraordinario de revisión.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 34
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC) — NORMA DEROGADA con efectos de 2 de octubre de 2016 por la disposición derogatoria única.2.a) de la Ley 39/2015. Es la norma de procedimiento vigente el día del examen (23.11.2003), en la redacción dada por la Ley 4/1999 — art. 115.3 (cap altre recurs contra la resolució de l'alçada) i art. 117.1 (terminis de la reposició)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas — art. 122.3 (mateixa regla vigent)
Pregunta 35
En quin grup de variables del Conjunt Mínim Bàsic de Dades (CMBD) es preveu la circumstància d'admissió i la circumstància d'alta d'un pacient?
- a) Variables que identifiquen el pacient.
- b) Variables relacionades amb el procés.Respuesta oficial
- c) Variables clíniques.
- d) Variables especifiques de cada sistema.
¿En qué grupo de variables del Conjunto Mínimo Básico de Datos (CMBD) se prevé la circunstancia de admisión y la circunstancia de alta de un paciente?
- Variables que identifican al paciente.
- Variables relacionadas con el proceso.
- Variables clínicas.
- Variables especificas de cada sistema.
Respuesta oficial: b) Variables relacionades amb el procés.
El conjunto mínimo básico de datos (CMBD) es el registro del CatSalut que recoge, para cada contacto asistencial, un número reducido de datos normalizados. Las variables se agrupan en bloques, y el bloque que la pregunta busca es el de las variables relacionadas con el PROCESO: la unidad proveedora, el tipo de actividad, el régimen económico, la circunstancia de admisión —si el ingreso es urgente o programado— y la circunstancia de alta, junto con las fechas de ingreso y de alta. Las variables que identifican al paciente son las de filiación —código de identificación, sexo, fecha de nacimiento, municipio de residencia—; las clínicas son los diagnósticos y los procedimientos codificados; y las «específicas de cada sistema» no son un bloque del CMBD sino de la aplicación que lo notifica. Las especificaciones completas, con la definición y la codificación de cada variable, están en los manuales de notificación que el CatSalut publica para cada línea (hospitalización de agudos, atención intermedia, salud mental, atención primaria, urgencias).
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 35
- CatSalut — Registro del conjunto mínimo básico de datos (CMBD): normativa y manuales de notificación — registre del CMBD: manuals de notificació i descripció de les variables comunes i específiques
- Instituto Abierto de Cataluña (Departamento de Educación). Material del ciclo de documentación y administración sanitarias: «Conjunto mínimo básico de datos (CMBD)», grupos de variables — grups de variables del CMBD: identificació del pacient, variables del procés i variables clíniques
Pregunta 36
D'acord amb la Llei 8/2007, de 30 de juliol, de l'Institut Català de la Salut, el director o directora gerent de l'ICS és nomenat pel:
- a) Govern.Respuesta oficial
- b) Consell d'Administració.
- c) Conseller o consellera de Salut.
- d) Conseller o consellera de Salut i conseller o consellera d'Economia i Finances.
De acuerdo con la Ley 8/2007, de 30 de julio, del Instituto Catalán de la Salud, el director o directora gerente del ICS es nombrado por el:
- Gobierno.
- Consejo de Administración.
- Consejero o consejera de Salud.
- Consejero o consejera de Salud y consejero o consejera de Economía y Finanzas.
Respuesta oficial: a) Govern.
El artículo 9 de la Ley 8/2007, del Instituto Catalán de la Salud, es corto y lo dice todo: el director o directora gerente «tiene la representación legal del Instituto Catalán de la Salud, asume la dirección de la gestión ordinaria y es NOMBRADO Y SEPARADO POR EL GOBIERNO a propuesta del consejero o consejera del departamento competente en materia de salud, oído el Consejo de Administración». La respuesta es, pues, el Gobierno. Las otras tres confunden quién propone o quién informa con quién nombra: el consejero o consejera de Salud hace la propuesta, el Consejo de Administración es oído antes, y el departamento de Economía no interviene en ese nombramiento. El Decreto 13/2009, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Catalán de la Salud, desarrolla ese mismo régimen.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 36
- Ley 8/2007, de 30 de julio, del Institut Català de la Salut — NORMA VIGENTE, citada siempre en el TEXTO CONSOLIDADO del Portal Jurídic. Tiene 30 afectaciones pasivas; la última es el artículo 57 de la Ley 11/2026, de 9 de julio (DOGC, en vigor el 14.07.2026), que dio nueva redacción a los arts. 6.6 y 13.1. Modificaciones anteriores relevantes: Ley 5/2020 (DA 8ª), Ley 5/2017 art. 166 (art. 20.3, DA 7ª, DT 3ª), Ley 3/2015 art. 64 (arts. 13.2, 20.5 y 21.5), Ley 2/2014 art. 162 (art. 2.2 y derogación del art. 20.6), Ley 11/2011 arts. 22-32 (arts. 8, 12, 15 y 22, con derogación de los arts. 8.2.i, 8.2.k, 12.4 y 12.5 y de la DT 2ª) y Decreto ley 4/2010 art. 12 (art. 19.1.c). ATENCIÓN: la redacción original de 2007 de los arts. 8.3, 12.3, 15, 19.1.c y 22 ya no está vigente. — art. 9 (el director o directora gerent: representació legal i nomenament pel Govern)
- Decreto 13/2009, de 3 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Institut Català de la Salut — Estatuts de l'ICS: òrgans de direcció i règim del director o directora gerent
Pregunta 37
D'acord amb l'Estatut Bàsic de l'Empleat públic i amb el Pacte de classificació de categories de l'ICS, en quin grup o subgrup es classifica un/a tècnic/a de grau superior sanitari:
- a) Grup A1.
- b) Grup B.
- c) Subgrup C1.Respuesta oficial
- d) Subgrup C2.
De acuerdo con el Estatuto Básico del Empleado público y con el Pacto de clasificación de categorías del ICS, ¿en qué grupo o subgrupo se clasifica un/a técnico/a de grado superior sanitario:
- Grupo A1.
- Grupo B.
- Subgrupo C1.
- Subgrupo C2.
Respuesta oficial: c) Subgrup C1.
Esta pregunta tiene una trampa de derecho transitorio. El artículo 76 del Estatuto Básico del Empleado Público clasifica los cuerpos y escalas por la titulación exigida y crea un Grupo B para quien tiene título de técnico superior de formación profesional; leído solo, un técnico de grado superior sanitario iría ahí. Pero la disposición transitoria tercera de la misma ley dice: «Transitoriamente, los Grupos de clasificación existentes a la entrada en vigor del presente Estatuto se integrarán en los Grupos de clasificación profesional de funcionarios previstos en el artículo 76, de acuerdo con las siguientes equivalencias: Grupo A: Subgrupo A1 — Grupo B: Subgrupo A2 — GRUPO C: SUBGRUPO C1 — Grupo D: Subgrupo C2 — Grupo E: Agrupaciones Profesionales». Las categorías de técnico especialista de grado superior sanitario estaban en el grupo C de la antigua clasificación y, por esa equivalencia, pasan al subgrupo C1; el Grupo B no ha llegado a desplegarse. Esta es la clasificación que recoge el pacto de categorías del ICS y la que utiliza la propia institución. El subgrupo C2 es el de los técnicos de grado medio, y el grupo A1 y el B no corresponden a esa titulación.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 37
- Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) — NORMA DEROGADA por el Real Decreto Legislativo 5/2015, que aprueba su texto refundido. Es la redacción vigente el día del examen — art. 76 (grups de classificació professional) i disposició transitòria tercera.2 (equivalència grup C → subgrup C1)
- Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) — art. 76 i disposició transitòria tercera (redacció vigent)
Pregunta 38
En el Congrés dels Diputats, la Junta de Portaveus es reuneix sota la presidència:
- a) Del president del Govern.
- b) Del president de la Cambra.Respuesta oficial
- c) Del portaveu del grup parlamentari majoritari.
- d) Els membres de la Junta de Portaveus elegeixen el seu president per majoria simple.
En el Congreso de los Diputados, la Junta de Portavoces se reúne bajo la presidencia:
- Del presidente del Gobierno.
- Del presidente de la Cámara.
- Del portavoz del grupo parlamentario mayoritario.
- Los miembros de la Junta de Portavoces eligen a su presidente por mayoría simple.
Respuesta oficial: b) Del president de la Cambra.
El Reglamento del Congreso de los Diputados lo dice en el primer apartado del artículo 39: «Las personas designadas para las portavocías de los grupos parlamentarios constituyen la Junta de Portavoces, que se reunirá BAJO LA PRESIDENCIA DEL PRESIDENTE O PRESIDENTA DEL CONGRESO, que la convocará, a iniciativa propia o a petición de dos grupos parlamentarios o de la quinta parte de los miembros de la Cámara». La presidencia de la Junta es, pues, del presidente de la Cámara, no del presidente del Gobierno —el Gobierno solo envía a quien lo represente si lo estima oportuno, según el apartado 2— ni del portavoz del grupo mayoritario, y tampoco se elige entre sus miembros. El mismo artículo recuerda dos reglas útiles: a las reuniones deben asistir como mínimo una vicepresidencia, una secretaría de la Cámara y el secretario o secretaria general, y las decisiones de la Junta se adoptan siempre con voto ponderado.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 38
- Reglamento del Congreso de los Diputados, de 10 de febrero de 1982 (texto consolidado) — art. 39 (Junta de Portaveus: composició, presidència, convocatòria i vot ponderat)
Pregunta 39
Criterio superado — la norma ha cambiado La respuesta marcada sigue siendo la del tribunal; la explicación de abajo recoge la corrección vigente.
Quan permeten els registres electrònics la presentació de sol·licituds, escrits i comunicacions?
- a) Tots els dies hàbils de l'any durant les vint-i-quatre hores.
- b) Tots els dies naturals de l'any durant l'horari de 9 a 14 hores.
- c) Tots els dies de l'any durant les vint-i-quatre hores.Respuesta oficial
- d) Totes els dies hàbils de l'any durant l'horari de 9 a 14 hores.
¿Cuándo permiten los registros electrónicos la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones?
- Todos los días hábiles del año durante las veinticuatro horas.
- Todos los días naturales del año durante el horario de 9 a 14 horas.
- Todos los días del año durante las veinticuatro horas.
- Todos los días hábiles del año durante el horario de 9 a 14 horas.
Respuesta oficial: c) Tots els dies de l'any durant les vint-i-quatre hores.
La frase es del artículo 26.2 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos: «Los registros electrónicos permitirán la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones TODOS LOS DÍAS DEL AÑO DURANTE LAS VEINTICUATRO HORAS». No hay ni restricción a días hábiles ni horario de oficina: es la diferencia esencial con el registro presencial, cuyo horario fija cada administración. Eso no significa que el cómputo de plazos sea indiferente: el mismo artículo precisa que los registros electrónicos se rigen por la fecha y la hora oficial de la sede electrónica, que la presentación en día inhábil se entiende realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente y que cada sede determina qué días considera inhábiles. Corrección vigente: la Ley 11/2007 está derogada por la Ley 39/2015. La regla, en cambio, se ha conservado literalmente: el artículo 31.2 de la Ley 39/2015 dice que el registro electrónico de cada administración permitirá la presentación de documentos todos los días del año durante las veinticuatro horas, con las mismas precisiones sobre días inhábiles.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 39
- Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos — NORMA DEROGADA por la Ley 39/2015. Es la norma de administración electrónica vigente el día del examen — art. 26.2 i 26.3 (presentació tots els dies durant les vint-i-quatre hores i còmput de terminis)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas — art. 31.2 (mateixa regla vigent per al registre electrònic)
Pregunta 40
La Constitució espanyola estableix en relació amb el dret d'educació que:
- a) Els poders públics no tenen l'obligació de garantir aquest dret.
- b) El professorat intervindran en el control i gestió de tots els centres.
- c) L'ensenyament és obligatori i gratuït.
- d) L'ensenyament bàsic és obligatori i gratuït.Respuesta oficial
La Constitución española establece en relación con el derecho a la educación que:
- Los poderes públicos no tienen la obligación de garantizar este derecho.
- El profesorado intervendrán en el control y gestión de todos los centros.
- La enseñanza es obligatoria y gratuita.
- La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
Respuesta oficial: d) L'ensenyament bàsic és obligatori i gratuït.
El artículo 27 de la Constitución separa dos cosas que la pregunta mezcla. El apartado 4 dice literalmente: «La enseñanza BÁSICA es obligatoria y gratuita». Por eso la respuesta buena es la que pone el adjetivo «básica»: la obligatoriedad y la gratuidad no cubren toda la enseñanza, sino el tramo básico. También cae la primera opción, porque el apartado 5 dice que «los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes»: la obligación de garantizarlo existe y es expresa. Y cae la que habla del profesorado, por dos razones: el apartado 7 atribuye la intervención en el control y la gestión a los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos —no solo al profesorado— y solo «de todos los centros SOSTENIDOS POR LA ADMINISTRACIÓN CON FONDOS PÚBLICOS», no de todos los centros.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 40
- Constitución Española de 1978 — art. 27.4, 27.5 i 27.7 (ensenyament bàsic obligatori i gratuït; garantia del dret; participació en el control i la gestió dels centres sostinguts amb fons públics)
Pregunta 41
D'acord amb la Llei de conciliació, en quina de les situacions administratives . o. segúents el personal interí NO pot ser declarat?
- a) Excedència per violència de gènere.
- b) Excedència per manteniment de la convivència.Respuesta oficial
- c) Excedència per cura de fill/a.
- d) El personal interí no pot ser declarat en cap situació administrativa.
De acuerdo con la Ley de conciliación, ¿en cuál de las situaciones administrativas siguientes el personal interino NO puede ser declarado?
- Excedencia por violencia de género.
- Excedencia por mantenimiento de la convivencia.
- Excedencia por cuidado de hijo/a.
- El personal interino no puede ser declarado en ninguna situación administrativa.
Respuesta oficial: b) Excedència per manteniment de la convivència.
La Ley 8/2006, de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal al servicio de las administraciones públicas de Cataluña, delimita su ámbito subjetivo con una excepción nominal que es exactamente lo que la pregunta busca. El artículo 2.2 dice: «Las medidas establecidas por esta ley también son aplicables: a) Al personal funcionario interino, SALVO LA EXCEDENCIA VOLUNTARIA PARA EL MANTENIMIENTO DE LA CONVIVENCIA, regulada por el artículo 6». Esta excedencia es la que puede pedirse, por una duración mínima de dos años y máxima de quince, cuando el cónyuge o conviviente debe residir en otro municipio porque ha obtenido allí un puesto de trabajo estable; tiene sentido que su disfrute se reserve al personal con vínculo permanente. Las otras dos excedencias que aparecen en el enunciado sí son aplicables al personal interino: la de violencia de género (artículo 7), que además computa a efectos de trienios y reserva el puesto, y la de cuidado de hijo o hija. Y la última opción, que el personal interino no puede ser declarado en ninguna situación administrativa, es falsa por el mismo artículo 2.2.a).
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 41
- Ley 8/2006, de 5 de julio, de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal al servicio de las administraciones públicas de Cataluña — art. 2.2.a) (aplicació al personal funcionari interí llevat de l'excedència per manteniment de la convivència), art. 6 (excedència per manteniment de la convivència) i art. 7 (excedència per violència de gènere)
Pregunta 42
Criterio superado — la norma ha cambiado La respuesta marcada sigue siendo la del tribunal; la explicación de abajo recoge la corrección vigente.
D'acord amb la Llei orgànica 15/1999, de protecció de dades de caràcter personal, com està classificada la infracció per no atendre, per motius formals, la sol·licitud de la persona interessada de rectificació o cancel·lació de les dades personals objecte de tractament quan legalment procedeix?
- a) Molt lleu.
- b) Lleu.Respuesta oficial
- c) Greu.
- d) Molt greu.
De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal, ¿cómo está clasificada la infracción por no atender, por motivos formales, la solicitud de la persona interesada de rectificación o cancelación de los datos personales objeto de tratamiento cuando legalmente procede?
- Muy leve.
- Leve.
- Grave.
- Muy grave.
Respuesta oficial: b) Lleu.
La conducta del enunciado estaba tipificada como infracción LEVE, y con esas mismas palabras, en el artículo 44.2.a) de la Ley Orgánica 15/1999: «No atender, POR MOTIVOS FORMALES, la solicitud del interesado de rectificación o cancelación de los datos personales objeto de tratamiento cuando legalmente proceda». La coletilla «por motivos formales» es la que gradúa: si lo que hay es un impedimento u obstaculización del ejercicio de los derechos de acceso y oposición o la negativa a facilitar la información solicitada, la infracción sube a grave por el artículo 44.3.e); y mantener datos inexactos o no efectuar las rectificaciones o cancelaciones procedentes cuando resultan afectados derechos de las personas también es grave por el artículo 44.3.f). Corrección vigente: la Ley Orgánica 15/1999 está derogada desde el 7 de diciembre de 2018. Hoy la materia está en el Reglamento General de Protección de Datos —derecho de rectificación en el artículo 16 y de supresión en el artículo 17— y en la Ley Orgánica 3/2018, que en su artículo 74.c) califica de leve «no atender las solicitudes de ejercicio de los derechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679, salvo que resulte de aplicación lo dispuesto en el artículo 72.1.k)». El grado de la respuesta oficial coincide con el de la norma actual, pero la ley citada ya no existe y el régimen sancionador es otro.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 42
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal — NORMA DEROGADA con efectos del 7 de diciembre de 2018 por la disposición derogatoria única de la LO 3/2018 — art. 44.2.a) (infracció lleu) i art. 44.3.e) i f) (infraccions greus)
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) — art. 74.c) (infracció considerada lleu: no atendre les sol·licituds d'exercici de drets)
Pregunta 43
Segons l'Estatut Bàsic de l'Empleat Públic, l'incompliment de l'obligació d'atendre els serveis essencials en cas de vaga, és una falta:
- a) Lleu
- b) Greu.
- c) Molt greu.Respuesta oficial
- d) No és cap falta disciplinària.
Según el Estatuto Básico del Empleado Público, el incumplimiento de la obligación de atender los servicios esenciales en caso de huelga, es una falta:
- Leve
- Grave.
- Muy grave.
- No es ninguna falta disciplinaria.
Respuesta oficial: c) Molt greu.
El Estatuto Básico del Empleado Público cierra la lista de faltas muy graves con tipos tasados, y uno de ellos es exactamente este: el artículo 95.2.m) califica de MUY GRAVE «el incumplimiento de la obligación de atender los servicios esenciales en caso de huelga». La relevancia del bien jurídico explica el grado: el derecho de huelga es constitucional, pero la propia Constitución lo condiciona al mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad, y en el sector sanitario eso es atención a personas. Por la misma razón, la letra l) del mismo apartado considera muy grave «la realización de actos encaminados a coartar el libre ejercicio del derecho de huelga». Ninguna de las otras respuestas se sostiene: el apartado 3 del artículo 95 deja las faltas graves a la determinación por ley de las Cortes o de la asamblea autonómica o por convenio colectivo, y el apartado 4 las leves a las leyes de función pública de desarrollo; ni unas ni otras pueden rebajar un tipo que el Estatuto Básico ya ha calificado de muy grave. El precepto es idéntico en el artículo 95.2.m) del texto refundido de 2015.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 43
- Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) — NORMA DEROGADA por el Real Decreto Legislativo 5/2015, que aprueba su texto refundido. Es la redacción vigente el día del examen — art. 95.1, 95.2.l) i m), 95.3 i 95.4 (graus de les faltes i tipus molt greus relacionats amb la vaga)
- Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) — art. 95.2.m) (mateix tipus vigent)
Pregunta 44
L'Estatut Marc estableix que el temps de treball corresponent a la jornada ordinària del personal nocturn:
- a) És de 8 hores ininterrompudes a l'àmbit de la Comunitat Autònoma de Catalunya.
- b) No ha d'excedir 10 hores ininterrompudes en tot l'àmbit del Sistema Nacional de Salut.
- c) No ha d'excedir 10 hores ininterrompudes.
- d) No ha d'excedir 12 hores ininterrompudes.Respuesta oficial
El Estatuto Marco establece que el tiempo de trabajo correspondiente a la jornada ordinaria del personal nocturno:
- Es de 8 horas ininterrumpidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cataluña.
- No debe exceder 10 horas ininterrumpidas en todo el ámbito del Sistema Nacional de Salud.
- No debe exceder 10 horas ininterrumpidas.
- No debe exceder 12 horas ininterrumpidas.
Respuesta oficial: d) No ha d'excedir 12 hores ininterrompudes.
El límite lo fija el artículo 51.1 del Estatuto Marco: «El tiempo de trabajo correspondiente a la jornada ordinaria NO EXCEDERÁ DE 12 HORAS ININTERRUMPIDAS». La misma norma admite una excepción tasada: mediante la programación funcional de los centros pueden establecerse jornadas de hasta 24 horas para determinados servicios o unidades sanitarias, con carácter excepcional y cuando lo aconsejen razones organizativas o asistenciales, y entonces los períodos mínimos de descanso ininterrumpido deben ser ampliables. Las dos opciones de diez horas no salen de la ley, y la de ocho horas «en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cataluña» tampoco: el Estatuto Marco es norma básica y el límite es el mismo en todo el Sistema Nacional de Salud. Para completar el cuadro, los dos descansos que acompañan a ese límite son el diario —doce horas ininterrumpidas entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente, artículo 51.2— y el semanal —una duración media de 24 horas, artículo 52—, y cuando no pueden disfrutarse se aplican los descansos alternativos del artículo 54.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 44
- Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud — art. 51 (jornada i descans diaris) i art. 52 (descans setmanal)
Pregunta 45
Qui és el responsable d'atorgar el certificat acreditatiu en un procés d'acreditació de centres sanitaris dins l'àmbit territorial català?
- a) El Ministeri de Sanitat i Consum atès que la Constitució estableix que és una competència exclusiva de l'Estat.
- b) El Departament competent en matèria de Salut de la Generalitat de Catalunya.Respuesta oficial
- c) Únicament pot ser atorgat per l'Institut Català de la Salut que hi té la competència exclusiva d'acord amb l'Estatut d'Autonomia de Catalunya.
- d) És una competència exclusiva dels centres sanitaris dur a terme el control de l'acreditació.
¿Quién es el responsable de otorgar el certificado acreditativo en un proceso de acreditación de centros sanitarios dentro del ámbito territorial catalán?
- El Ministerio de Sanidad y Consumo puesto que la Constitución establece que es una competencia exclusiva del Estado.
- El Departamento competente en materia de Salud de la Generalitat de Catalunya.
- Únicamente puede ser otorgado por el Instituto Catalán de la Salud, que tiene la competencia exclusiva de acuerdo con el Estatuto de Autonomía de Cataluña.
- Es una competencia exclusiva de los centros sanitarios llevar a cabo el control de la acreditación.
Respuesta oficial: b) El Departament competent en matèria de Salut de la Generalitat de Catalunya.
La acreditación de centros sanitarios es competencia del departamento competente en materia de salud de la Generalitat. La Ley de ordenación sanitaria de Cataluña se la atribuye al departamento en el artículo 10.k), que le reserva «la autorización de la creación, la modificación, el traslado y el cierre de los centros, los servicios y los establecimientos sanitarios y sociosanitarios, en su caso, y el cuidado de su registro, catalogación y ACREDITACIÓN, si procede». El desarrollo de esa previsión fue, el día del examen, el Decreto 5/2006, que estableció el modelo de acreditación de los centros de atención hospitalaria aguda y el procedimiento de autorización de entidades evaluadoras, y que recuerda expresamente en su preámbulo que «la competencia en materia de acreditación corresponde al Departamento de Salud». Por eso no valen las otras tres respuestas: el Ministerio no acredita centros en Cataluña —la sanidad es competencia asumida por la Generalitat—, el ICS es un proveedor de servicios, no la autoridad acreditadora, y los centros no se acreditan a sí mismos: las entidades evaluadoras verifican los criterios técnicos, pero la acreditación la otorga el Departamento.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 45
- Ley 15/1990, de 9 de julio, de ordenación sanitaria de Cataluña (LOSC) — art. 10.k) (competència del departament en matèria d'autorització, registre, catalogació i acreditació de centres sanitaris)
- Decreto 5/2006, de 17 de enero, por el que se establece el modelo de acreditación de los centros de atención hospitalaria aguda y el procedimiento de autorización de entidades evaluadoras — NORMA NO VIGENTE — preàmbul i arts. 2 i 6 (model d'acreditació i entitats avaluadores)
Pregunta 46
A qui correspon convocar les sessions d'un òrgan col·legiat?
- a) Al president.Respuesta oficial
- b) Al vocal primer.
- c) Al president o al secretari, indistintament.
- d) Al secretari.
¿A quién corresponde convocar las sesiones de un órgano colegiado?
- Al presidente.
- Al vocal primero.
- Al presidente o al secretario, indistintamente.
- Al secretario.
Respuesta oficial: a) Al president.
Convocar las sesiones de un órgano colegiado es una facultad del presidente, y la ley lo dice sin matices. El artículo 23.1 de la Ley 30/1992 enumera qué le corresponde y en la letra b) pone: «Acordar la CONVOCATORIA de las sesiones ordinarias y extraordinarias y la fijación del orden del día, teniendo en cuenta, en su caso, las peticiones de los demás miembros formuladas con la suficiente antelación». El secretario, en cambio, tiene las funciones del artículo 25: efectuar materialmente la convocatoria por orden del presidente, recibir los actos de comunicación de los miembros, preparar el despacho de los asuntos, redactar y autorizar las actas y expedir certificaciones. Por eso no sirve ninguna de las otras respuestas: ni el vocal primero, ni el secretario por iniciativa propia, ni una opción indistinta entre presidente y secretario. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, el presidente es sustituido por el vicepresidente que corresponda y, si no lo hay, por el miembro de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden. La regla vigente es la misma: el artículo 19.2.b) de la Ley 40/2015 atribuye al presidente acordar la convocatoria y fijar el orden del día.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 46
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC) — NORMA DEROGADA con efectos de 2 de octubre de 2016 por la disposición derogatoria única.2.a) de la Ley 39/2015. Es la norma de procedimiento vigente el día del examen (23.11.2003), en la redacción dada por la Ley 4/1999 — art. 23.1.b) (convocatòria i ordre del dia) i art. 25 (funcions del secretari)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público — art. 19.2.b) (facultats del president de l'òrgan col·legiat, redacció vigent)
Pregunta 47
L'estructura de la Constitució espanyola és de:
- a) 9 títols, 4 disposicions addicionals i 9 disposicions transitòries.
- b) 10 títols, 4 disposicions addicionals i 9 disposicions transitòries.Respuesta oficial
- c) 10 títols, 4 disposicions addicionals i 10 disposicions transitòries.
- d) 10 títols, 5 disposicions addicionals i 9 disposicions transitòries.
La estructura de la Constitución española es de:
- 9 títulos, 4 disposiciones adicionales y 9 disposiciones transitorias.
- 10 títulos, 4 disposiciones adicionales y 9 disposiciones transitorias.
- 10 títulos, 4 disposiciones adicionales y 10 disposiciones transitorias.
- 10 títulos, 5 disposiciones adicionales y 9 disposiciones transitorias.
Respuesta oficial: b) 10 títols, 4 disposicions addicionals i 9 disposicions transitòries.
La estructura de la Constitución de 1978 es: un título preliminar, diez títulos numerados (del I al X), cuatro disposiciones adicionales, nueve disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y una disposición final. La respuesta correcta es, pues, la que dice diez títulos, cuatro disposiciones adicionales y nueve disposiciones transitorias. Las otras tres fallan en un solo número cada una, y vale la pena saber por qué: no son nueve títulos —el título preliminar no se numera, pero los numerados llegan hasta el X, «De la Organización Territorial del Estado» el VIII, «Del Tribunal Constitucional» el IX y «De la reforma constitucional» el X—; las disposiciones transitorias son nueve, no diez; y las adicionales son cuatro, no cinco. La parte final se completa con la disposición derogatoria —que deroga, entre otras, la Ley para la Reforma Política y las Leyes Fundamentales— y la disposición final, que ordena la publicación del texto en las demás lenguas de España.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 47
- Constitución Española de 1978 — estructura del text: títol preliminar, títols I a X, quatre disposicions addicionals, nou transitòries, una derogatòria i una final
Pregunta 48
Quin dels elements que es detallen a continuació NO ha de formar part d'una carta de serveis?
- a) La descripció del servei de manera que sigui entenedora per a les persones usuàries.
- b) La identificació del responsable de la carta de serveis?.
- c) Un sistema de reclamació i queixes.
- d) El diagrama de PERT per fer més comprensible la descripció del servei.Respuesta oficial
¿Cuál de los elementos que se detallan a continuación NO debe formar parte de una carta de servicios?
- La descripción del servicio de manera que sea comprensible para las personas usuarias.
- La identificación del responsable de la carta de servicios.
- Un sistema de reclamación y quejas.
- El diagrama de PERT para hacer más comprensible la descripción del servicio.
Respuesta oficial: d) El diagrama de PERT per fer més comprensible la descripció del servei.
Las cartas de servicios son documentos de compromiso con la ciudadanía, y su contenido está tasado. El Real Decreto 951/2005, que es el modelo del que beben las cartas de las administraciones españolas, lo detalla en el artículo 9 en cuatro bloques: de carácter general y legal —datos identificativos y fines del órgano, principales servicios que presta, derechos concretos de los ciudadanos y usuarios, fórmulas de colaboración o participación, relación de la normativa reguladora y ACCESO AL SISTEMA DE QUEJAS Y SUGERENCIAS—; de compromisos de calidad —niveles o estándares, plazos, canales y horarios de atención, medidas de igualdad y accesibilidad, sistemas de gestión de la calidad e indicadores—; de medidas de subsanación en caso de incumplimiento; y de carácter complementario. Tres de las opciones del enunciado son contenido típico: la descripción comprensible del servicio, la identificación del responsable de la carta y el sistema de reclamación y quejas. La que no lo es —y por eso es la respuesta— es el diagrama de PERT: es una herramienta interna de planificación y control de proyectos, útil para programar tareas y caminos críticos, pero no dice nada a la persona usuaria sobre qué puede esperar del servicio. En Cataluña la obligación de disponer de cartas de servicios está hoy en el artículo 59 de la Ley 26/2010.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 48
- Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado (programa de cartas de servicios) — art. 9 (estructura i contingut de les cartes de serveis)
- Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña — art. 59 (obligació de disposar de cartes de serveis a les administracions públiques de Catalunya)
Pregunta 49
Quins conceptes del pressupost d'una entitat pública són una previsió estimativa i no tenen cap efecte jurídic limitatiu per la seva quantia?
- a) Només els ingressos.Respuesta oficial
- b) Els ingressos i les despeses.
- c) Els ingressos, les despeses i les inversions.
- d) Els ingressos, les despeses, les inversions i les liquidacions pressupostàries.
¿Qué conceptos del presupuesto de una entidad pública son una previsión estimativa y no tienen ningún efecto jurídico limitativo por su cuantía?
- Solo los ingresos.
- Los ingresos y los gastos.
- Los ingresos, los gastos y las inversiones.
- Los ingresos, los gastos, las inversiones y las liquidaciones presupuestarias.
Respuesta oficial: a) Només els ingressos.
El presupuesto tiene dos mitades que no tienen la misma fuerza jurídica, y el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña lo dice en dos artículos. El estado de INGRESOS contiene, según el artículo 29.2.b), «las ESTIMACIONES de los diversos derechos económicos a reconocer y liquidar durante el ejercicio»: son una previsión, y recaudar más o menos no altera la validez del presupuesto. El estado de GASTOS, en cambio, está sometido al artículo 35: «Los créditos para gastos se destinarán a la finalidad exclusiva que motiva su dotación» y «los créditos consignados en los estados de gastos del presupuesto tienen un ALCANCE LIMITATIVO y, en consecuencia, no podrán adquirirse compromisos en cuantía superior a sus importes», hasta el punto de que las disposiciones de rango inferior a la ley y los actos administrativos que lo vulneren son nulos de pleno derecho. Por eso la respuesta es que solo los ingresos son previsión estimativa, y caen las tres opciones que añaden gastos, inversiones o liquidaciones.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 49
- Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña — art. 29.2.b) (els estats d'ingressos comprenen estimacions) i art. 35.1 i 35.2 (els crèdits de despesa tenen abast limitatiu)
Pregunta 50
En quins arxius es conserva la documentació activa inclosa en el Sistema General de Gestió de la Documentació Administrativa?
- a) Arxius centrals administratius.
- b) Arxius de gestió.Respuesta oficial
- c) Arxius històrics comarcals.
- d) Arxiu Nacional de Catalunya.
¿En qué archivos se conserva la documentación activa incluida en el Sistema General de Gestión de la Documentación Administrativa?
- Archivos centrales administrativos.
- Archivos de gestión.
- Archivos históricos comarcales.
- Archivo Nacional de Cataluña.
Respuesta oficial: b) Arxius de gestió.
El sistema general de gestión de la documentación administrativa de la Generalitat clasifica la documentación por fases y asigna un tipo de archivo a cada una. El Decreto 76/1996 lo dice en el artículo 8: la documentación «se conserva, según la fecha de su generación y su nivel de utilización, en los archivos de gestión, en los archivos centrales administrativos y en los archivos históricos». Y el artículo 9.1 concreta la fase activa: «Son archivos de gestión los constituidos por la DOCUMENTACIÓN ACTIVA de la unidad administrativa que la ha generado o recibido. Se considera documentación activa la que la unidad utiliza habitualmente para la realización de sus actividades», con una permanencia máxima de cinco años salvo que pasado ese plazo todavía sea activa. Los archivos centrales administrativos son para la documentación SEMIACTIVA, que el departamento utiliza frecuentemente, y allí se conserva como norma general hasta el decimoquinto año (artículo 10); los archivos históricos acogen la semiactiva de uso muy infrecuente y la histórica de conservación permanente (artículo 11). El Archivo Nacional de Cataluña, por tanto, no es donde va la documentación activa.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 50
- Decreto 76/1996, de 5 de marzo, por el que se regula el sistema general de gestión de la documentación administrativa y la organización de los archivos de la Generalitat de Catalunya — arts. 8, 9, 10 i 11 (tipus d'arxius i fases activa, semiactiva i històrica)
- Ley 10/2001, de 13 de julio, de archivos y gestión de documentos — art. 2.h), 2.i) i 2.j) (definicions de documentació en fase activa, semiactiva i inactiva o històrica)
Pregunta 51
La Llei 8/2007, de 30 de juliol, de l'Institut Català de la Salut, estableix com a òrgans de direcció d'aquest Institut:
- a) El Consell General de participació i el Consell d'Administració.
- b) El Departament de Salut i el Departament d'Economia i Finances.
- c) El Departament de Salut i el Departament de Governació i Administracions Públiques.
- d) El director o directora gerent i el Consell d'Administració..Respuesta oficial
La Ley 8/2007, de 30 de julio, del Instituto Catalán de la Salud, establece como órganos de dirección de este Instituto:
- El Consejo General de participación y el Consejo de Administración.
- El Departamento de Salud y el Departamento de Economía y Finanzas.
- El Departamento de Salud y el Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas.
- El director o directora gerente y el Consejo de Administración..
Respuesta oficial: d) El director o directora gerent i el Consell d'Administració..
La Ley 8/2007 distingue con claridad tres familias de órganos en el artículo 6. Los órganos de DIRECCIÓN son dos, y solo dos: «Los órganos de dirección del Instituto Catalán de la Salud son el Consejo de Administración y el director o directora gerente» (apartado 1). Los órganos de PARTICIPACIÓN COMUNITARIA son el Consejo General de Participación, los consejos de participación de los centros, servicios y establecimientos y los demás que se creen (apartado 2), configurados como órganos colegiados de asesoramiento, consulta, seguimiento y supervisión. Por eso la respuesta buena es la que empareja al director o directora gerente con el Consejo de Administración, y falla la que pone el Consejo General de Participación, que es de otra familia. Las dos respuestas que citan departamentos de la Generalitat confunden la adscripción con la dirección: el ICS es una empresa pública adscrita al departamento competente en materia de salud, pero un departamento no es un órgano del Instituto. El Decreto 13/2009, que aprueba los Estatutos del ICS, desarrolla esa estructura.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 51
- Ley 8/2007, de 30 de julio, del Institut Català de la Salut — NORMA VIGENTE, citada siempre en el TEXTO CONSOLIDADO del Portal Jurídic. Tiene 30 afectaciones pasivas; la última es el artículo 57 de la Ley 11/2026, de 9 de julio (DOGC, en vigor el 14.07.2026), que dio nueva redacción a los arts. 6.6 y 13.1. Modificaciones anteriores relevantes: Ley 5/2020 (DA 8ª), Ley 5/2017 art. 166 (art. 20.3, DA 7ª, DT 3ª), Ley 3/2015 art. 64 (arts. 13.2, 20.5 y 21.5), Ley 2/2014 art. 162 (art. 2.2 y derogación del art. 20.6), Ley 11/2011 arts. 22-32 (arts. 8, 12, 15 y 22, con derogación de los arts. 8.2.i, 8.2.k, 12.4 y 12.5 y de la DT 2ª) y Decreto ley 4/2010 art. 12 (art. 19.1.c). ATENCIÓN: la redacción original de 2007 de los arts. 8.3, 12.3, 15, 19.1.c y 22 ya no está vigente. — art. 6.1 i 6.2 (òrgans de direcció i òrgans de participació comunitària)
- Decreto 13/2009, de 3 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Institut Català de la Salut — Estatuts de l'ICS: òrgans de direcció
Pregunta 52
Es pot interposar recurs d'alçada contra:
- a) Els actes dictats pel director gerent de l'Institut Català de la Salut en procediments de responsabilitat patrimonial.
- b) Els acords del Consell d'Administració de l'Institut Català de la Salut.
- c) Els actes dictats pels directors/res d'atenció primària en matèria de personal estatutari i laboral delegada pel director gerent de l'Institut Català de la Salut.
- d) Els actes dictats pels Serveis Corporatius de l'Institut Català de la Salut.Respuesta oficial
Se puede interponer recurso de alzada contra:
- Los actos dictados por el director gerente del Instituto Catalán de la Salud en procedimientos de responsabilidad patrimonial.
- Los acuerdos del Consejo de Administración del Instituto Catalán de la Salud.
- Los actos dictados por los directores/as de atención primaria en materia de personal estatutario y laboral delegada por el director gerente del Instituto Catalán de la Salud.
- Los actos dictados por los Servicios Corporativos del Instituto Catalán de la Salud.
Respuesta oficial: d) Els actes dictats pels Serveis Corporatius de l'Institut Català de la Salut.
El artículo 17 de la Ley 8/2007 traza un mapa de qué agota la vía administrativa en el ICS y qué no, y el recurso de alzada solo procede contra lo que NO la agota. Agotan la vía: los acuerdos del Consejo de Administración (apartado 2) y, «en todos los casos», los actos dictados en materia de personal estatutario y laboral, las resoluciones de los procedimientos de responsabilidad patrimonial y los demás actos que establezca la normativa del sector público de la Generalitat (apartado 3). NO la agotan —y por eso admiten alzada ante el director o directora gerente— «los actos dictados por los SERVICIOS CORPORATIVOS, por las unidades de gestión y por las gerencias territoriales del Instituto» (apartado 4). Esa es la respuesta. Las otras tres son, punto por punto, los supuestos que la ley cierra: responsabilidad patrimonial, acuerdos del Consejo de Administración y personal estatutario y laboral. El mismo artículo añade que los actos del director o directora gerente que no agoten la vía van en alzada ante el Consejo de Administración.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 52
- Ley 8/2007, de 30 de julio, del Institut Català de la Salut — NORMA VIGENTE, citada siempre en el TEXTO CONSOLIDADO del Portal Jurídic. Tiene 30 afectaciones pasivas; la última es el artículo 57 de la Ley 11/2026, de 9 de julio (DOGC, en vigor el 14.07.2026), que dio nueva redacción a los arts. 6.6 y 13.1. Modificaciones anteriores relevantes: Ley 5/2020 (DA 8ª), Ley 5/2017 art. 166 (art. 20.3, DA 7ª, DT 3ª), Ley 3/2015 art. 64 (arts. 13.2, 20.5 y 21.5), Ley 2/2014 art. 162 (art. 2.2 y derogación del art. 20.6), Ley 11/2011 arts. 22-32 (arts. 8, 12, 15 y 22, con derogación de los arts. 8.2.i, 8.2.k, 12.4 y 12.5 y de la DT 2ª) y Decreto ley 4/2010 art. 12 (art. 19.1.c). ATENCIÓN: la redacción original de 2007 de los arts. 8.3, 12.3, 15, 19.1.c y 22 ya no está vigente. — art. 17.2, 17.3 i 17.4 (règim d'impugnació dels actes de l'ICS)
Pregunta 53
Segons l'Estatut Marc, la jubilació forçosa pel personal estatutari es declara en complir la persona interessada l'edat de:
- a) 60 anys, per al personal fix amb 25 anys de serveis prestats al Sistema Nacional de Salut.
- b) 65 anys.Respuesta oficial
- c) 67 anys.
- d) 70 anys.
Según el Estatuto Marco, la jubilación forzosa del personal estatutario se declara al cumplir la persona interesada la edad de:
- 60 años, para el personal fijo con 25 años de servicios prestados en el Sistema Nacional de Salud.
- 65 años.
- 67 años.
- 70 años.
Respuesta oficial: b) 65 anys.
El artículo 26 del Estatuto Marco abre diciendo que la jubilación puede ser forzosa o voluntaria, y el apartado 2 fija la edad: «La jubilación forzosa se declarará al cumplir el interesado la edad de 65 años». De ahí sale la respuesta. Los 70 años que aparecen como opción son el techo de la prolongación de la permanencia en servicio activo que el mismo apartado 2 permite solicitar voluntariamente, siempre que quede acreditada la capacidad funcional y lo autorice el servicio de salud. Los 67 años son la edad ordinaria de jubilación del sistema de Seguridad Social tras la reforma de 2011, pero no la edad de la jubilación forzosa estatutaria. Y la primera opción mezcla dos cosas que no van juntas: los 25 años de servicios prestados no son ningún requisito de este artículo. Conviene retener también el apartado 3: procede la prórroga en el servicio activo, a instancia de la persona interesada, cuando al cumplir la edad de jubilación forzosa le resten seis años o menos de cotización para causar pensión de jubilación.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 53
- Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud — art. 26.1, 26.2 i 26.3 (jubilació forçosa als 65 anys, prolongació fins als 70 i pròrroga per completar la cotització)
Pregunta 54
Un professional de l'ICS amb vinculació definitiva com a personal estatutari? de la categoria d'administratiu ha passat a prestar serveis a un lloc de treball com a personal funcionari de la Generalitat de Catalunya, de la categoria d'administratiu. En quina situació administrativa correspon declarar-lo com a personal estatutari?
- a) En la situació administrativa d'excedència voluntària per interès particular.
- b) En la situació administrativa de serveis sota un altre règim jurídic.
- c) No es pot declarar en cap situació administrativa en tractar-se de dos llocs de treball de la mateixa categoria.
- d) En la situació administrativa d'excedència per prestar serveis al sector públic.Respuesta oficial
Un profesional del ICS con vinculación definitiva como personal estatutario de la categoría de administrativo ha pasado a prestar servicios en un puesto de trabajo como personal funcionario de la Generalitat de Catalunya, de la categoría de administrativo. ¿En qué situación administrativa corresponde declararlo como personal estatutario?
- En la situación administrativa de excedencia voluntaria por interés particular.
- En la situación administrativa de servicios bajo otro régimen jurídico.
- No se puede declarar en ninguna situación administrativa al tratarse de dos puestos de trabajo de la misma categoría.
- En la situación administrativa de excedencia por prestar servicios en el sector público.
Respuesta oficial: d) En la situació administrativa d'excedència per prestar serveis al sector públic.
El supuesto del enunciado es exactamente el del artículo 66.1.a) del Estatuto Marco: «Procederá declarar al personal estatutario en excedencia por prestación de servicios en el sector público cuando presten servicios en otra categoría de personal estatutario, COMO FUNCIONARIO o como personal laboral, en cualquiera de las Administraciones públicas, salvo que hubiera obtenido la oportuna autorización de compatibilidad». La persona de la pregunta pasa a ocupar un puesto de funcionario de la Generalitat: la situación que le corresponde como personal estatutario es esa excedencia, y lo es tanto si la categoría coincide como si no, porque el precepto no distingue por categoría sino por régimen jurídico del nuevo vínculo. Por eso falla la respuesta que dice que no puede declararse en ninguna situación por tratarse de la misma categoría. La excedencia voluntaria por interés particular tiene otro supuesto —a petición propia, con las condiciones del artículo 67— y los «servicios bajo otro régimen jurídico» del artículo 65 son la situación del personal estatutario que pasa a prestar servicios en instituciones sanitarias transformadas en otra forma jurídica, que no es el caso. El mismo artículo 66 recuerda que en esa situación no se devengan retribuciones pero el tiempo se reconoce a efectos de trienios y carrera profesional al reingresar.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 54
- Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud — art. 66 (excedència per prestar serveis en el sector públic), art. 65 (serveis sota un altre règim jurídic) i art. 67 (excedència voluntària)
Pregunta 55
D'acord amb l'article 71 de l'Estatut d'autonomia de Catalunya, l'Administració pública actua d'acord amb els principis següents. Indiqueu quin NO és el correcte.
- a) Coordinació.
- b) Transversalitat.
- c) Transparència.
- d) Economia.Respuesta oficial
De acuerdo con el artículo 71 del Estatuto de autonomía de Cataluña, la Administración pública actúa de acuerdo con los principios siguientes. Indique cuál NO es el correcto.
- Coordinación.
- Transversalidad.
- Transparencia.
- Economía.
Respuesta oficial: d) Economia.
El artículo 71 del Estatuto de autonomía de Cataluña de 2006 fija los principios de organización y funcionamiento de la Administración de la Generalitat, y el enunciado pide cuál de los cuatro NO consta. El apartado 3 dice: «La Administración de la Generalitat actúa de acuerdo con los principios de COORDINACIÓN y TRANSVERSALIDAD, con el fin de garantizar la integración de las políticas públicas». El apartado 4 añade el de TRANSPARENCIA: «de acuerdo con el principio de transparencia, debe hacer pública la información necesaria para que los ciudadanos puedan evaluar su gestión». La palabra que no aparece en ese artículo es «economía»: lo que sí hay, en otros apartados, son la objetividad, la sumisión plena a las leyes y al derecho, la proximidad y la orientación a resultados. Conviene no confundir este artículo con los principios de la gestión económica o con la eficiencia en el gasto, que son de otras normas. El artículo 71.1 recuerda, además, una definición importante: la Administración de la Generalitat «tiene la condición de Administración ordinaria».
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 55
- Estatuto de autonomía de Cataluña (Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio) — art. 71.1, 71.2, 71.3 i 71.4 (Administració ordinària; objectivitat i submissió a la llei; coordinació i transversalitat; transparència)
Pregunta 56
Criterio discutible La respuesta marcada sigue siendo la del tribunal; la explicación de abajo dice qué no se ha podido verificar.
Una treballadora de l'ICS que tenia autoritzada la compatibilitat per desenvolupar l'activitat pública principal a l'Institut Català de la Salut, i una activitat privada, ha demanat la reducció de jornada per cura d'un familiar. En aquestes circumstàncies, pot continuar desenvolupant ambdues activitats?
- a) Sí, l'autorització de compatibilitat continua vigent
- b) Sí, sempre que no coincideixin els horaris de l'activitat privada amb els de la reducció de jornada.
- c) No es pot autoritzar la compatibilitat per a l'exercici d'una activitat privada.
- d) No, l'autorització de compatibilitat queda suspesa d'ofici.Respuesta oficial
Una trabajadora del ICS que tenía autorizada la compatibilidad para desarrollar la actividad pública principal en el Instituto Catalán de la Salud, y una actividad privada, ha solicitado la reducción de jornada por cuidado de un familiar. En estas circunstancias, ¿puede continuar desarrollando ambas actividades?
- Sí, la autorización de compatibilidad continúa vigente
- Sí, siempre que no coincidan los horarios de la actividad privada con los de la reducción de jornada.
- No se puede autorizar la compatibilidad para el ejercicio de una actividad privada.
- No, la autorización de compatibilidad queda suspendida de oficio.
Respuesta oficial: d) No, l'autorització de compatibilitat queda suspesa d'ofici.
La plantilla oficial da por buena la consecuencia de que la autorización de compatibilidad queda suspendida de oficio mientras dure la reducción de jornada. Esa consecuencia automática NO aparece con esas palabras en ninguna norma de acceso abierto consultada el 14.09.2026, y por eso el ítem queda declarado como pendiente de fuente y fuera del banco de práctica; la respuesta del tribunal no se toca. Lo que sí está en norma es la premisa de la que parte. La Ley 21/1987, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Generalitat, solo permite reconocer la compatibilidad con una actividad privada en tres casos (artículo 12.1): «a) Si se ocupa un solo puesto de trabajo en el sector público EN RÉGIMEN DE JORNADA ORDINARIA y no se supera el límite establecido en el apartado 2; b) Si el cargo ocupado en el sector público requiere la presencia efectiva del interesado durante un horario igual o superior a la mitad de la jornada ordinaria, solo cuando ese cargo tiene la consideración de prestación a tiempo parcial; c) Si se tiene autorizada la compatibilidad de un segundo puesto o actividad públicos y no superasen entre ambos la jornada máxima de la Administración». Y el apartado 2 pone el techo: la suma de la jornada pública principal y la privada no puede superar nunca la jornada ordinaria incrementada en un 50%. Una reducción de jornada por cuidado de un familiar hace desaparecer la premisa de la letra a) —ya no hay jornada ordinaria— y no encaja en la letra b), que habla de puestos configurados como prestación a tiempo parcial. De ahí que las dos respuestas que mantienen la compatibilidad vigente no se sostengan, y que tampoco se sostenga la que niega en absoluto que pueda autorizarse actividad privada alguna, porque el artículo 12 sí lo permite en las condiciones que fija. Queda pendiente localizar la instrucción o el criterio de la función pública catalana que establece la suspensión de oficio; cuando aparezca, se paga la deuda y el ítem puede pasar a válido.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 56
- Ley 21/1987, de 26 de noviembre, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Generalitat — art. 12.1 i 12.2 (casos en què es pot reconèixer la compatibilitat amb activitats privades i límit de jornada)
- Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas — art. 1.3 i art. 14 (dedicació a un sol lloc de treball i autorització de compatibilitat)
Pregunta 57
Segons l'Estatut Marc, el complement retributiu d'atenció continuada està destinat a remunerar el personal:
- a) Per atendre les persones usuàries dels serveis sanitaris de manera permanent i continuada.Respuesta oficial
- b) Per fer hores extraordinàries per necessitats del servei.
- c) Per assolir els mèrits necessaris per percebre el concepte de carrera professional.
- d) Per atendre les persones usuàries de manera continuada durant 12 hores diàries.
Según el Estatuto Marco, el complemento retributivo de atención continuada está destinado a remunerar al personal:
- Para atender a las personas usuarias de los servicios sanitarios de manera permanente y continuada.
- Para hacer horas extraordinarias por necesidades del servicio.
- Para alcanzar los méritos necesarios para percibir el concepto de carrera profesional.
- Para atender a las personas usuarias de manera continuada durante 12 horas diarias.
Respuesta oficial: a) Per atendre les persones usuàries dels serveis sanitaris de manera permanent i continuada.
El artículo 43.2 del Estatuto Marco enumera las retribuciones complementarias y da su finalidad una a una. La letra d) define el complemento de atención continuada como el «destinado a REMUNERAR AL PERSONAL PARA ATENDER A LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS SANITARIOS DE MANERA PERMANENTE Y CONTINUADA», que es literalmente la respuesta correcta. Las otras tres describen complementos distintos o conceptos que no lo son: retribuir horas extraordinarias por necesidades del servicio no es ese complemento —la atención continuada no es hora extra, sino una modalidad de prestación del servicio—; alcanzar méritos para percibir la carrera profesional es el complemento de carrera de la letra e), destinado a retribuir el grado alcanzado; y la referencia a doce horas diarias no aparece en el artículo 43 sino, y con otro sentido, en el límite de jornada del artículo 51. Los demás complementos del mismo artículo son el de destino (letra a), el específico (letra b) y el de productividad (letra c).
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 57
- Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud — art. 43.2 (retribucions complementàries: destinació, específic, productivitat, atenció continuada i carrera)
Pregunta 58
D'acord amb els termes establerts a l'Estatut d'autonomia de Catalunya, els diputats del Parlament de Catalunya:
- a) Estan sotmesos a mandat imperatiu.
- b) No estan sotmesos a mandat imperatiu.Respuesta oficial
- c) Estan sotmesos a mandat imperatiu només si la cambra està constituïda.
- d) Estan sotmesos a mandat imperatiu únicament els diputats que compaginen la seva presència al Parlament i al Senat.
De acuerdo con los términos establecidos en el Estatuto de autonomía de Cataluña, los diputados del Parlamento de Cataluña:
- Están sometidos a mandato imperativo.
- No están sometidos a mandato imperativo.
- Están sometidos a mandato imperativo solo si la cámara está constituida.
- Están sometidos a mandato imperativo únicamente los diputados que compaginan su presencia en el Parlamento y en el Senado.
Respuesta oficial: b) No estan sotmesos a mandat imperatiu.
El artículo 57 del Estatuto de autonomía de Cataluña regula el estatuto de los diputados y termina con una frase de una sola línea: «Los Diputados no están sometidos a mandato imperativo» (apartado 3). Es la traducción al Parlamento de Cataluña del principio de representación que la Constitución recoge en el artículo 67.2 para las Cortes Generales: el representante lo es de todo el pueblo y no queda vinculado por instrucciones de sus electores ni de su partido. Por eso no sirve ninguna de las otras tres respuestas, que afirman el mandato imperativo, lo condicionan a la constitución de la cámara o lo limitan a los diputados que compaginan Parlamento y Senado —una figura que, además, el Estatuto no prevé. Los otros dos apartados del mismo artículo completan el estatuto del diputado: inviolabilidad por los votos y opiniones emitidos en el ejercicio del cargo, inmunidad limitada a no poder ser detenido salvo en caso de flagrante delito, y aforamiento ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 58
- Estatuto de autonomía de Cataluña (Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio) — art. 57.1, 57.2 i 57.3 (inviolabilitat, immunitat, aforament i prohibició del mandat imperatiu)
- Constitución Española de 1978 — art. 67.2 (els membres de les Corts Generals no estaran lligats per mandat imperatiu)
Pregunta 59
La terminació del procediment administratiu NO es pot produir per:
- a) Resolució.
- b) Desistiment i renúncia.
- c) Qüestions incidentals.Respuesta oficial
- d) Caducitat.
La terminación del procedimiento administrativo NO se puede producir por:
- Resolución.
- Desistimiento y renuncia.
- Cuestiones incidentales.
- Caducidad.
Respuesta oficial: c) Qüestions incidentals.
El artículo 87 de la Ley 30/1992 cierra la lista de las formas de terminación del procedimiento: «Pondrán fin al procedimiento la RESOLUCIÓN, el DESISTIMIENTO, la RENUNCIA al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el Ordenamiento Jurídico, y la declaración de CADUCIDAD», y el apartado 2 añade la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas, que exige resolución motivada. Tres de las opciones son, por tanto, formas de terminación. Las cuestiones incidentales no lo son: son incidentes que surgen durante la tramitación y que, por regla, no suspenden el procedimiento —el artículo 77 lo dice para los incidentes no suspensivos— sino que se resuelven dentro de él. La lista vigente es prácticamente la misma: el artículo 84 de la Ley 39/2015 añade expresamente la terminación convencional del artículo 86.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 59
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC) — NORMA DEROGADA con efectos de 2 de octubre de 2016 por la disposición derogatoria única.2.a) de la Ley 39/2015. Es la norma de procedimiento vigente el día del examen (23.11.2003), en la redacción dada por la Ley 4/1999 — art. 87 (terminació) i art. 77 (qüestions incidentals)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas — art. 84 (formes de terminació vigents)
Pregunta 60
La subhasta electrònica en matèria de contractes del sector públic:
- a) Està prohibida de manera expressa per l'actual normativa pel grau de complexitat que comporta la seva tramitació.
- b) És un sistema introduït per la normativa vigent que afavoreix la modernització i dóna més agilitat als procediments d'adjudicació de contractes.Respuesta oficial
- c) Està expressament prohibida per la normativa vigent en matèria de contractació per la inseguretat jurídica que comporta.
- d) La llei en desaconsella l'ús per problemes tecnològics.
La subasta electrónica en materia de contratos del sector público:
- Está prohibida de manera expresa por la actual normativa por el grado de complejidad que comporta su tramitación.
- Es un sistema introducido por la normativa vigente que favorece la modernización y da más agilidad a los procedimientos de adjudicación de contratos.
- Está expresamente prohibida por la normativa vigente en materia de contratación por la inseguridad jurídica que comporta.
- La ley desaconseja su uso por problemas tecnológicos.
Respuesta oficial: b) És un sistema introduït per la normativa vigent que afavoreix la modernització i dóna més agilitat als procediments d'adjudicació de contractes.
La subasta electrónica no está prohibida: está regulada. El artículo 132 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, la define como «un proceso iterativo, que tiene lugar tras una primera evaluación completa de las ofertas, para la presentación de mejoras en los precios o de nuevos valores relativos a determinados elementos de las ofertas que las mejoren en su conjunto, basado en un dispositivo electrónico que permita su clasificación a través de métodos de evaluación automáticos». Puede emplearse en los procedimientos abierto y restringido y en el negociado del artículo 154.a), siempre que las especificaciones del contrato puedan establecerse de manera precisa y que las prestaciones no tengan carácter intelectual, y nunca de forma abusiva o que falsee la competencia. Por eso la respuesta buena es la que la presenta como un sistema introducido por la normativa vigente que favorece la modernización y da agilidad a la adjudicación, y caen las dos que la dan por prohibida y la que dice que la ley desaconseja su uso por problemas tecnológicos. La figura sigue existiendo hoy en el artículo 143 de la Ley 9/2017.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 60
- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público — NORMA DEROGADA (texto refundido de 2011 y, después, Ley 9/2017). Es la ley de contratos vigente el día del examen — art. 132 (subhasta electrònica: concepte, procediments en què s'admet i límits)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público — art. 143 (subhasta electrònica, regulació vigent)
Pregunta 61
D'acord amb la Llei 10/2001, de 13 de juliol, d'arxius i documents, NO té la consideració de públic un document produït o rebut en l'exercici de llurs funcions:
- a) Pel president, el Govern i l'Administració de la Generalitat.
- b) Per les administracions locals.
- c) Per corporacions públiques de dret privat.Respuesta oficial
- d) Pels òrgans amb seu a Catalunya de la Unió Europea i d'institucions públiques internacionals.
De acuerdo con la Ley 10/2001, de 13 de julio, de archivos y documentos, NO tiene la consideración de público un documento producido o recibido en el ejercicio de sus funciones:
- Por el presidente, el Gobierno y la Administración de la Generalitat.
- Por las administraciones locales.
- Por corporaciones públicas de derecho privado.
- Por los órganos con sede en Cataluña de la Unión Europea y de instituciones públicas internacionales.
Respuesta oficial: c) Per corporacions públiques de dret privat.
El artículo 6.1 de la Ley 10/2001, de archivos y gestión de documentos, enumera quién produce o recibe documentos públicos, y la lista tiene once letras. Están, entre otros, el presidente, el Gobierno y la Administración de la Generalitat (letra a), las administraciones locales (letra c) y «los órganos con sede en Cataluña de la Unión Europea y de instituciones públicas internacionales» (letra e). Tres de las respuestas del enunciado son, pues, supuestos de la lista. La que no está —y por eso es la correcta— habla de «corporaciones públicas de derecho privado». La ley dice justo lo contrario en la letra i): «Las corporaciones PRIVADAS DE DERECHO PÚBLICO». No es un juego de palabras: las corporaciones de derecho público son entes de base asociativa privada a los que la ley atribuye funciones públicas —colegios profesionales, cámaras—, y por eso sus documentos son públicos. La categoría «corporación pública de derecho privado» no existe en la ley. Para completar, la letra j) añade las personas y entidades privadas que ejercen funciones públicas, en lo que se refiere a esas funciones, y la g) las concesionarias de servicios públicos en lo relativo a la concesión.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 61
- Ley 10/2001, de 13 de julio, de archivos y gestión de documentos — art. 6.1 (enumeració dels documents públics, lletres a, c, e, g, i i j)
Pregunta 62
Criterio superado — la norma ha cambiado La respuesta marcada sigue siendo la del tribunal; la explicación de abajo recoge la corrección vigente.
La sol·licitud d'iniciació del procediment administratiu es pot presentar als registres de:
- a) Qualsevol òrgan administratiu.
- b) Qualsevol ajuntament.
- c) Qualsevol consell comarcal.
- d) Les oficines de gestió unificada per a determinats procediments.Respuesta oficial
La solicitud de iniciación del procedimiento administrativo se puede presentar en los registros de:
- Cualquier órgano administrativo.
- Cualquier ayuntamiento.
- Cualquier consejo comarcal.
- Las oficinas de gestión unificada para determinados procedimientos.
Respuesta oficial: d) Les oficines de gestió unificada per a determinats procediments.
El artículo 38.4 de la Ley 30/1992 cerraba la lista de lugares donde podían presentarse solicitudes, escritos y comunicaciones: los registros del órgano al que se dirigen; los registros de cualquier órgano de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas, de las diputaciones, cabildos y consejos insulares, de los ayuntamientos de municipios de gran población y del resto de entidades locales si había convenio; las oficinas de Correos; las representaciones diplomáticas y oficinas consulares; y «CUALQUIER OTRO QUE ESTABLEZCAN LAS DISPOSICIONES VIGENTES». Esa última cláusula es la que da entrada a las oficinas de gestión unificada creadas en Cataluña para procedimientos determinados, y por eso es la respuesta buena. Las otras tres generalizan lo que la ley acotaba: no valía cualquier órgano administrativo, ni cualquier ayuntamiento —solo los de gran población o los que tuvieran convenio—, ni cualquier consejo comarcal. Corrección vigente: la Ley 30/1992 está derogada y el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 ha reescrito la lista en clave electrónica: registro electrónico de la administración a la que se dirigen y de los demás sujetos del artículo 2.1, oficinas de Correos, representaciones diplomáticas y consulares, oficinas de asistencia en materia de registros y cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Con esa redacción, el mapa de lugares de presentación es bastante más amplio que el de 2010.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 62
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC) — NORMA DEROGADA con efectos de 2 de octubre de 2016 por la disposición derogatoria única.2.a) de la Ley 39/2015. Es la norma de procedimiento vigente el día del examen (23.11.2003), en la redacción dada por la Ley 4/1999 — art. 38.4 (llocs de presentació de sol·licituds, escrits i comunicacions)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas — art. 16.4 (llocs de presentació vigents)
Pregunta 63
D'acord amb la regulació que fa l'Estatut Marc de la jubilació, el perllongament en el servei actiu del personal estatutari:
- a) No és possible, ja que el professional quan compleix l'edat de 65 anys és declarat en situació de jubilació forçosa i per tant perd la condició de personal estatuari.
- b) Es pot sol·licitar voluntàriament, fet que suposa la permanència en el servei actiu del professional fins a complir com a màxim els 70 anys i és autoritzat pel servei de salut corresponent a tothom.
- c) Es pot autoritzar com a personal emèrit, sempre que resti acreditat que el professional compleix la capacitat funcional necessària per a l'exercici de la professió habitual o desenvolupar les activitats corresponents al seu nomenament.
- d) Ha de ser autoritzat pel servei de salut corresponent, segons les necessitats de l'organització d'acord amb els plans d'ordenació de Recursos Humans.Respuesta oficial
De acuerdo con la regulación que hace el Estatuto Marco de la jubilación, la prolongación en el servicio activo del personal estatutario:
- No es posible, ya que el profesional cuando cumple la edad de 65 años es declarado en situación de jubilación forzosa y por tanto pierde la condición de personal estatutario.
- Se puede solicitar voluntariamente, hecho que supone la permanencia en el servicio activo del profesional hasta cumplir como máximo los 70 años y es autorizado por el servicio de salud correspondiente a todo el mundo.
- Se puede autorizar como personal emérito, siempre que quede acreditado que el profesional cumple la capacidad funcional necesaria para el ejercicio de la profesión habitual o desarrollar las actividades correspondientes a su nombramiento.
- Debe ser autorizado por el servicio de salud correspondiente, según las necesidades de la organización de acuerdo con los planes de ordenación de Recursos Humanos.
Respuesta oficial: d) Ha de ser autoritzat pel servei de salut corresponent, segons les necessitats de l'organització d'acord amb els plans d'ordenació de Recursos Humans.
La prolongación de la permanencia en servicio activo es posible, pero no automática ni para todos. El artículo 26.2 del Estatuto Marco dice, tras fijar la jubilación forzosa a los 65 años: «No obstante, el interesado podrá solicitar voluntariamente prolongar su permanencia en servicio activo hasta cumplir, como máximo, los 70 años de edad, siempre que quede acreditado que reúne la capacidad funcional necesaria para ejercer la profesión o desarrollar las actividades correspondientes a su nombramiento. ESTA PROLONGACIÓN DEBERÁ SER AUTORIZADA POR EL SERVICIO DE SALUD CORRESPONDIENTE, EN FUNCIÓN DE LAS NECESIDADES DE LA ORGANIZACIÓN ARTICULADAS EN EL MARCO DE LOS PLANES DE ORDENACIÓN DE RECURSOS HUMANOS». Esa condición organizativa es la que hace correcta la última respuesta e incorrecta la que dice que se autoriza «a todo el mundo». Tampoco vale decir que no es posible, porque el mismo apartado la prevé. Y la que habla de personal emérito confunde instituciones: el emérito es una figura de nombramiento para actividades docentes, de consultoría y de asesoramiento, no la prolongación del servicio activo. Conviene recordar el apartado 3, que es un supuesto distinto: la prórroga para completar el tiempo de cotización necesario para causar pensión cuando restan seis años o menos.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 63
- Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud — art. 26.2 i 26.3 (prolongació de la permanència en servei actiu i pròrroga per completar la cotització)
Pregunta 64
Indiqueu la resposta incorrecta. Poden constituir-se en grup parlamentari del Congrés dels Diputats:
- a) Els diputats en nombre no inferior a quinze.
- b) Les formacions polítiques que hagin obtingut un nombre d'escons no inferior a cinc i, almenys, el quinze per cent, dels vots corresponents a les circumscripcions en què hagin presentat candidatura.
- c) Les formacions polítiques que hagin obtingut un nombre d'escons no inferior a cinc i, almenys, el cinc per cent dels vots emesos en el conjunt de la nació.
- d) Les formacions polítiques que hagin obtingut un nombre d'escons no inferior a cinc i, almenys, el quinze per cent dels vots corresponents a una comunitat autònoma.Respuesta oficial
Indique la respuesta incorrecta. Pueden constituirse en grupo parlamentario del Congreso de los Diputados:
- Los diputados en número no inferior a quince.
- Las formaciones políticas que hayan obtenido un número de escaños no inferior a cinco y, al menos, el quince por ciento, de los votos correspondientes a las circunscripciones en que hayan presentado candidatura.
- Las formaciones políticas que hayan obtenido un número de escaños no inferior a cinco y, al menos, el cinco por ciento de los votos emitidos en el conjunto de la nación.
- Las formaciones políticas que hayan obtenido un número de escaños no inferior a cinco y, al menos, el quince por ciento de los votos correspondientes a una comunidad autónoma.
Respuesta oficial: d) Les formacions polítiques que hagin obtingut un nombre d'escons no inferior a cinc i, almenys, el quinze per cent dels vots corresponents a una comunitat autònoma.
La pregunta pide la respuesta INCORRECTA, y el precepto es el artículo 23.1 del Reglamento del Congreso de los Diputados, que preveía dos vías para constituir grupo parlamentario: la general —diputados «en número no inferior a quince»— y la excepcional, para quienes integren una o varias formaciones políticas que, sin alcanzar ese mínimo, «hubieren obtenido un número de escaños no inferior a cinco y, al menos, el 15 por 100 de los votos correspondientes a las circunscripciones en que hubieren presentado candidatura O EL 5 POR 100 de los emitidos en el conjunto de la Nación». Las dos referencias porcentuales son, pues, a las circunscripciones donde se presentó candidatura y al conjunto del Estado. La respuesta incorrecta es la que sustituye ese ámbito por «una comunidad autónoma»: ese criterio no ha existido nunca en este artículo. El apartado 2 añade dos prohibiciones útiles de recordar: no pueden constituir grupo separado quienes pertenezcan a un mismo partido ni quienes, en el momento de las elecciones, pertenecieran a formaciones que no se hayan enfrentado ante el electorado. Nota de vigencia: una reforma del Reglamento de 23 de julio de 2026 cambia esos porcentajes —pasan a una media del 10 por 100 de los votos válidos de las circunscripciones donde se haya obtenido representación o el 3 por 100 de los votos válidos del conjunto de la Nación—, pero su disposición final aplaza la entrada en vigor a la XVI legislatura, de modo que a día de hoy la redacción aplicable sigue siendo la que el examen reproduce.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 64
- Reglamento del Congreso de los Diputados, de 10 de febrero de 1982 (texto consolidado) — art. 23.1 i 23.2 (constitució de grups parlamentaris; redacció anterior a la reforma de 23.07.2026, que entra en vigor a la XVI legislatura)
Pregunta 65
Les bases i els tipus de cotització a la Seguretat Social són:
- a) Les quantitats resultants del còmput total de les remuneracions mensuals percebudes pel treballador.
- b) Poden ser per un import inferior a les bases mínimes mensuals establertes.
- c) Poden ser per un import superior a les bases màximes mensuals establertes.
- d) Els que s'estableixin cada any en la corresponent llei de pressupostos generals de l'Estat.Respuesta oficial
Las bases y los tipos de cotización a la Seguridad Social son:
- Las cantidades resultantes del cómputo total de las remuneraciones mensuales percibidas por el trabajador.
- Pueden ser por un importe inferior a las bases mínimas mensuales establecidas.
- Pueden ser por un importe superior a las bases máximas mensuales establecidas.
- Los que se establezcan cada año en la correspondiente ley de presupuestos generales del Estado.
Respuesta oficial: d) Els que s'estableixin cada any en la corresponent llei de pressupostos generals de l'Estat.
La respuesta es una remisión: el artículo 16.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social de 1994 dice que «las bases y tipos de cotización a la Seguridad Social serán los que establezca cada año la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado». Por eso los dos importes que la pregunta menciona no se fijan en la ley de Seguridad Social sino, año tras año, en la ley de presupuestos y en la orden de cotización que la desarrolla. Las otras opciones confunden la base con sus límites o con su definición: la base de cotización del régimen general es, según el artículo 109.1, la remuneración total que mensualmente tenga derecho a percibir el trabajador —no exactamente el «cómputo total de las remuneraciones mensuales», y con las exclusiones tasadas del apartado 2—, y nunca puede ser inferior al tope mínimo ni superior al máximo, que el mismo artículo 16.2 y el 110 fijan. El precepto sigue igual: el artículo 19.1 del texto refundido vigente de 2015 repite la remisión a la ley de presupuestos.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 65
- Texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio) — NORMA DEROGADA por el Real Decreto Legislativo 8/2015. Es el texto vigente el día del examen — art. 16.1 i 16.2 (bases i tipus fixats per la llei de pressupostos; tope mínim) i art. 109 (base de cotització del règim general)
- Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre) — art. 19.1 (mateixa remissió vigent)
Pregunta 66
En quin concepte o grup de comptes del Pla de comptabilitat han de figurar les compres i els consums de medicaments i productes sanguinis dels centres de l'ICS?
- a) Aprovisionaments.Respuesta oficial
- b) Inversions.
- c) Clients sanitaris.
- d) Creditors.
¿En qué concepto o grupo de cuentas del Plan de contabilidad deben figurar las compras y los consumos de medicamentos y productos sanguíneos de los centros del ICS?
- Aprovisionamientos.
- Inversiones.
- Clientes sanitarios.
- Acreedores.
Respuesta oficial: a) Aprovisionaments.
Los medicamentos y los productos sanguíneos que un centro sanitario compra y consume son EXISTENCIAS, y la cuenta que recoge su compra y consumo es la de aprovisionamientos. El Plan General de Contabilidad define el grupo 6 como «Compras y gastos» y lo describe como «aprovisionamientos de mercaderías y demás bienes adquiridos por la empresa para revenderlos o someterlos a procesos de adaptación, transformación o construcción», y en la cuenta de pérdidas y ganancias la partida 4 se llama literalmente «Aprovisionamientos», con los desgloses de consumo de mercaderías y de consumo de materias primas y otras materias consumibles. Las otras tres respuestas son de otras masas contables: las inversiones son inmovilizado (grupo 2) y no gasto de consumo; los clientes sanitarios son un derecho de cobro, es decir, activo del grupo 4; y los acreedores son una obligación de pago, pasivo del mismo grupo 4. El hecho de que la factura del medicamento esté pendiente de pago no lo convierte en «acreedores»: la cuenta de acreedores refleja la deuda, no el consumo.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 66
- Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad — quadre de comptes, grup 3 (existències) i grup 6 (compres i despeses: aprovisionaments); compte de pèrdues i guanys, partida 4 «Aprovisionaments»
Pregunta 67
El personal d'atenció al ciutadà ha de tenir les següents qualitats i actituds:
- a) Alegre i espontani, ha de saber explicar acudits per entretenir a la ciutadania.
- b) Amable i assertiu, ha de ser capaç de cercar solucions a problemes no previstos.Respuesta oficial
- c) Autoritari i agressiu, ha de ser capaç d'intimidar i imposar-se a la voluntat de la ciutadania.
- d) Passiu i acomodat, ha de ser capaç de no immutar-se davant de les sol·licituds i els requeriments de la ciutadania.
El personal de atención al ciudadano debe tener las siguientes cualidades y actitudes:
- Alegre y espontáneo, debe saber explicar chistes para entretener a la ciudadanía.
- Amable y asertivo, debe ser capaz de buscar soluciones a problemas no previstos.
- Autoritario y agresivo, debe ser capaz de intimidar e imponerse a la voluntad de la ciudadanía.
- Pasivo y acomodado, debe ser capaz de no inmutarse ante las solicitudes y los requerimientos de la ciudadanía.
Respuesta oficial: b) Amable i assertiu, ha de ser capaç de cercar solucions a problemes no previstos.
Pregunta sin fuente normativa directa: ninguna norma describe el carácter que debe tener el personal de atención al ciudadano. El razonamiento, sin embargo, no es libre. La respuesta buena —amable y asertivo, capaz de buscar soluciones a problemas no previstos— es la que traduce a conducta profesional los deberes que sí están en norma. El Estatuto de autonomía de Cataluña reconoce en el artículo 30.2 que «todas las personas tienen derecho a ser tratadas por los poderes públicos de Cataluña, en los asuntos que les afectan, de forma imparcial y objetiva», y la Ley 26/2010 desarrolla el derecho a una buena administración en el artículo 22: actuación proporcional a la finalidad perseguida, derecho a participar y a ser oído, y decisiones motivadas «en lenguaje claro y comprensible». Las otras tres opciones chocan frontalmente con eso: hacer chistes banaliza la relación y no resuelve nada; intimidar e imponerse a la voluntad de la ciudadanía vulnera el trato imparcial y objetivo; y no inmutarse ante las solicitudes y los requerimientos es, literalmente, desatenderlos. La asertividad es, en este contexto, la capacidad de decir que no cuando hace falta sin faltar al respeto y de reconducir la conversación hacia la solución posible.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 67
- Estatuto de autonomía de Cataluña (Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio) — art. 30.1 i 30.2 (dret d'accés als serveis públics i a una bona Administració; tracte imparcial i objectiu)
- Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña — art. 22 (contingut del dret a una bona administració)
Pregunta 68
El sistema de la Seguretat Social es fonamenta en els principis de:
- a) Universalitat, unitat, solidaritat i igualtat.Respuesta oficial
- b) Universalitat, unitat, proporcionalitat i igualtat.
- c) Universalitat, unitat, suficiència i sostenibilitat.
- d) Universalitat, unitat, solidaritat i suficiència.
El sistema de la Seguridad Social se fundamenta en los principios de:
- Universalidad, unidad, solidaridad e igualdad.
- Universalidad, unidad, proporcionalidad e igualdad.
- Universalidad, unidad, suficiencia y sostenibilidad.
- Universalidad, unidad, solidaridad y suficiencia.
Respuesta oficial: a) Universalitat, unitat, solidaritat i igualtat.
La lista es literal y cerrada. El artículo 2.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social de 1994 dice: «El sistema de la Seguridad Social, configurado por la acción protectora en sus modalidades contributiva y no contributiva, se fundamenta en los principios de UNIVERSALIDAD, UNIDAD, SOLIDARIDAD E IGUALDAD». Son cuatro y solo cuatro. Las otras tres respuestas introducen un principio que no está en el artículo: la proporcionalidad, la suficiencia y la sostenibilidad. Vale la pena precisar que la suficiencia y la sostenibilidad sí son ideas presentes en el sistema —la Constitución habla en el artículo 41 de prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, y la normativa de estabilidad presupuestaria y las reformas de pensiones han incorporado la sostenibilidad financiera—, pero no forman parte de esa enumeración. La redacción se ha conservado: el artículo 2.1 del texto refundido vigente de 2015 repite los mismos cuatro principios.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 68
- Texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio) — NORMA DEROGADA por el Real Decreto Legislativo 8/2015. Es el texto vigente el día del examen — art. 2.1 (principis i fins de la Seguretat Social)
- Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre) — art. 2.1 (mateixa redacció vigent)
- Constitución Española de 1978 — art. 41 (règim públic de Seguretat Social i prestacions suficients)
Pregunta 69
L'afiliació al sistema de la Seguretat Social és un acte:
- a) Administratiu i vàlid mentre es treballa per compte propi o aliè.
- b) Administratiu pel qual es realitza la incorporació al sistema de la Seguretat Social i dóna lloc a l'assignació d'un nombre d'afiliació que té caràcter únic i vitalici.Respuesta oficial
- c) Que s'ha de repetir cada vegada que es canvia d'empresa o de treball.
- d) Que s'ha de canviar si es treballa per compte aliè i es passa a treballar per compte propi o a l'inrevés.
La afiliación al sistema de la Seguridad Social es un acto:
- Administrativo y válido mientras se trabaja por cuenta propia o ajena.
- Administrativo por el cual se realiza la incorporación al sistema de la Seguridad Social y da lugar a la asignación de un número de afiliación que tiene carácter único y vitalicio.
- Que se ha de repetir cada vez que se cambia de empresa o de trabajo.
- Que se ha de cambiar si se trabaja por cuenta ajena y se pasa a trabajar por cuenta propia o al revés.
Respuesta oficial: b) Administratiu pel qual es realitza la incorporació al sistema de la Seguretat Social i dóna lloc a l'assignació d'un nombre d'afiliació que té caràcter únic i vitalici.
La afiliación es el acto administrativo de entrada en el sistema, y tiene dos notas que la distinguen del alta. El artículo 12 del texto refundido de 1994 las dice ambas: «La afiliación a la Seguridad Social es OBLIGATORIA para las personas a que se refiere el apartado 1 del artículo 7 de esta Ley, y ÚNICA PARA LA VIDA de las mismas y para todo el sistema, sin perjuicio de las altas y bajas en los distintos Regímenes que lo integran, así como de las demás variaciones que puedan producirse con posterioridad a la afiliación». El Reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación (Real Decreto 84/1996) añade el número de afiliación, único y vitalicio. Esa es la respuesta. Las otras tres confunden afiliación y alta: no hay que repetirla al cambiar de empresa o de trabajo —eso es un alta nueva, no una afiliación nueva—, ni cambiarla al pasar de cuenta ajena a cuenta propia o a la inversa, y tampoco es un acto «válido mientras se trabaja», porque la afiliación subsiste aunque la persona deje de trabajar.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 69
- Texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio) — NORMA DEROGADA por el Real Decreto Legislativo 8/2015. Es el texto vigente el día del examen — art. 12 (obligatorietat i unicitat de l'afiliació) i art. 7.1 (camp d'aplicació)
- Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social — arts. 6 i 7 (afiliació i número de la Seguretat Social, únic i vitalici)
Pregunta 70
A qui correspon la titularitat de la potestat reglamentària en l'exercici de les competències de la Generalitat?
- a) Al Govern.Respuesta oficial
- b) Al president de la Generalitat.
- c) Als consellers.
- d) Al Parlament.
¿A quién corresponde la titularidad de la potestad reglamentaria en el ejercicio de las competencias de la Generalitat?
- Al Gobierno.
- Al presidente de la Generalitat.
- A los consejeros.
- Al Parlamento.
Respuesta oficial: a) Al Govern.
La titularidad de la potestad reglamentaria en Cataluña es del Gobierno. El Estatuto de autonomía lo dice en el primer apartado del artículo 68: «El Gobierno es el órgano superior colegiado que dirige la acción política y la Administración de la Generalitat. EJERCE LA FUNCIÓN EJECUTIVA Y LA POTESTAD REGLAMENTARIA de acuerdo con el presente Estatuto y las leyes». El presidente de la Generalitat y los consejeros pueden dictar disposiciones —decretos del presidente y órdenes de los consejeros—, pero lo hacen en el ámbito de sus competencias y por habilitación legal o por delegación, no como titulares originarios de la potestad; y el Parlamento no la tiene en absoluto, porque su función es la legislativa. El mismo artículo 68.5 añade la regla de publicidad que cierra el ciclo: los actos, las disposiciones generales y las normas que emanan del Gobierno o de la Administración de la Generalitat deben publicarse en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, y esa publicación es suficiente a todos los efectos para la eficacia de los actos y la entrada en vigor de las normas.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 70
- Estatuto de autonomía de Cataluña (Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio) — art. 68.1 i 68.5 (el Govern exerceix la funció executiva i la potestat reglamentària; publicació al DOGC)
- Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña. Los artículos de organización (1-23) siguen vigentes; los de procedimiento (36-42, 68-73, 79-81…) fueron derogados por la Ley 26/2010 — art. 12 (facultats del conseller) i règim de les disposicions generals departamentals
Pregunta 71
Les remuneracions de personal i concretament els sous i salaris i les quotes de la Seguretat Social són en termes pressupostaris:
- a) Despeses financeres.
- b) Despeses corrents i no financeres.Respuesta oficial
- c) Despeses corrents i financeres.
- d) Despeses corrents sense limitació pressupostària.
Las remuneraciones de personal y concretamente los sueldos y salarios y las cuotas de la Seguridad Social son en términos presupuestarios:
- Gastos financieros.
- Gastos corrientes y no financieros.
- Gastos corrientes y financieros.
- Gastos corrientes sin limitación presupuestaria.
Respuesta oficial: b) Despeses corrents i no financeres.
La pregunta es de clasificación económica del gasto. El estado de gastos del presupuesto de la Generalitat se ordena, según el artículo 30.2 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, por clasificación orgánica, funcional, económica y por programas. En la clasificación económica, los capítulos 1 a 4 son GASTOS CORRIENTES —capítulo 1, remuneraciones del personal, que incluye los sueldos y salarios y las cuotas sociales a cargo del empleador; capítulo 2, gastos de bienes corrientes y servicios; capítulo 3, gastos financieros; capítulo 4, transferencias corrientes—, y los capítulos 6 a 9, gastos de capital y operaciones financieras. Las remuneraciones de personal son, pues, gasto corriente, y NO son gasto financiero: el gasto financiero es el del capítulo 3, intereses y otras cargas de la deuda. Por eso la respuesta buena es la que dice «corrientes y no financieros», y caen las dos que las califican de financieras. La última opción, «sin limitación presupuestaria», contradice el artículo 35.2: los créditos de gasto tienen alcance limitativo.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 71
- Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña — art. 30.2 (classificació orgànica, funcional, econòmica i per programes) i art. 35.2 (abast limitatiu dels crèdits de despesa)
- Presupuestos de la Generalitat de Cataluña — Explicación de la clasificación económica del gasto — classificació econòmica de la despesa: capítol 1, remuneracions del personal, dins les despeses corrents
Pregunta 72
Els òrgans de contractació competents per a l'adjudicació de contractes menors a l'àmbit de l'Administració de la Generalitat de Catalunya són:
- a) Els contractes menors han deixat d'existir des de l'entrada en vigor de la Llei de contractes del sector públic.
- b) Els consellers del Departament corresponent, que tenen una prohibició expressa per delegar en altres òrgans inferiors la seva adjudicació i tramitació.
- c) Els secretaris generals del Departament competent o òrgan en què es delegui.Respuesta oficial
- d) Únicament poden ser adjudicats per la Junta Consultiva de Contractació administrativa que ha de ser constituïda amb caràcter preceptiu.
Los órganos de contratación competentes para la adjudicación de contratos menores en el ámbito de la Administración de la Generalitat de Catalunya son:
- Los contratos menores han dejado de existir desde la entrada en vigor de la Ley de contratos del sector público.
- Los consejeros del Departamento correspondiente, que tienen una prohibición expresa para delegar en otros órganos inferiores su adjudicación y tramitación.
- Los secretarios generales del Departamento competente u órgano en que se delegue.
- Únicamente pueden ser adjudicados por la Junta Consultiva de Contratación administrativa que debe constituirse con carácter preceptivo.
Respuesta oficial: c) Els secretaris generals del Departament competent o òrgan en què es delegui.
La competencia para contratar en la Administración de la Generalitat es del consejero o consejera del departamento: la Ley 13/1989 le atribuye, en el artículo 12.k), «firmar, en nombre de la Generalitat, los contratos relativos a asuntos propios del Departamento, en los términos establecidos por la legislación vigente», y en la letra l) ejercer «las demás facultades que le atribuye la legislación vigente o que le deleguen». Esa competencia es delegable con las reglas generales de la delegación, y en los contratos menores la práctica ordinaria de los departamentos es delegarla en el secretario o secretaria general, que es quien, según el artículo 13.j) de la misma ley, supervisa «la adquisición de suministros, bienes y servicios, y también los expedientes de contratación de cualquier tipo» y autoriza los gastos dentro de los límites reglamentarios. La respuesta buena es, por eso, la que combina ambas ideas: los secretarios generales o el órgano en que se delegue. Las otras tres se refutan con la misma norma: los contratos menores no han desaparecido —los regulaban el artículo 122.3 y el 95 de la Ley 30/2007 y hoy el artículo 118 de la Ley 9/2017—, no hay ninguna prohibición expresa de delegar en órganos inferiores, y la Junta Consultiva de Contratación es un órgano consultivo, no de adjudicación.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 72
- Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña. Los artículos de organización (1-23) siguen vigentes; los de procedimiento (36-42, 68-73, 79-81…) fueron derogados por la Ley 26/2010 — art. 12.k) i 12.l) (el conseller signa els contractes del departament i exerceix les facultats delegades) i art. 13.j) (supervisió dels expedients de contractació pel secretari general)
- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público — NORMA DEROGADA (texto refundido de 2011 y, después, Ley 9/2017). Es la ley de contratos vigente el día del examen — arts. 95 i 122.3 (contractes menors: tramitació i límits quantitatius)
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público — art. 118 (règim vigent dels contractes menors)
Pregunta 73
Criterio superado — la norma ha cambiado La respuesta marcada sigue siendo la del tribunal; la explicación de abajo recoge la corrección vigente.
La Llei 30/1992, de 26 de novembre, de règim jurídic de les administracions públiques i del procediment administratiu comú, disposa que un acte administratiu ha de ser motivat en el supòsit que:
- a) Ampliï drets subjectius o interessos legítims.
- b) Resolgui procediments de revisió d'ofici, recursos administratius, reclamacions prèvies a la via judicial i procediments d'arbitratge.Respuesta oficial
- c) S'ajusti al criteri seguit en actuacions precedents.
- d) Els actes no han de ser motivats en cap cas.
La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, dispone que un acto administrativo debe ser motivado en el supuesto de que:
- Amplíe derechos subjetivos o intereses legítimos.
- Resuelva procedimientos de revisión de oficio, recursos administrativos, reclamaciones previas a la vía judicial y procedimientos de arbitraje.
- Se ajuste al criterio seguido en actuaciones precedentes.
- Los actos no deben ser motivados en ningún caso.
Respuesta oficial: b) Resolgui procediments de revisió d'ofici, recursos administratius, reclamacions prèvies a la via judicial i procediments d'arbitratge.
El artículo 54.1 de la Ley 30/1992 enumera los actos que deben ser motivados «con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho», y la letra b) dice: «LOS QUE RESUELVAN PROCEDIMIENTOS DE REVISIÓN DE OFICIO de disposiciones o actos administrativos, RECURSOS ADMINISTRATIVOS, RECLAMACIONES PREVIAS A LA VÍA JUDICIAL Y PROCEDIMIENTOS DE ARBITRAJE». Esa es, literalmente, la respuesta correcta. Las otras tres invierten el precepto: la letra a) obliga a motivar los actos que LIMITEN derechos subjetivos o intereses legítimos —no los que los amplíen—, y la letra c) los que SE SEPAREN del criterio seguido en actuaciones precedentes o del dictamen de órganos consultivos —no los que se ajusten a él—; y decir que los actos no deben ser motivados en ningún caso niega todo el artículo. Corrección vigente: la Ley 30/1992 está derogada desde el 2 de octubre de 2016. La regla está hoy en el artículo 35.1 de la Ley 39/2015, con la misma estructura y las mismas letras, y la lista se ha ampliado: se han añadido, entre otros, los actos que acuerden la terminación del procedimiento por imposibilidad material de continuarlo y las propuestas de resolución en procedimientos de carácter sancionador.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 73
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC) — NORMA DEROGADA con efectos de 2 de octubre de 2016 por la disposición derogatoria única.2.a) de la Ley 39/2015. Es la norma de procedimiento vigente el día del examen (23.11.2003), en la redacción dada por la Ley 4/1999 — art. 54.1.a), b) i c) (actes que han de ser motivats)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas — art. 35.1 (motivació dels actes, redacció vigent)
Pregunta 74
Qui elabora i aprova el reglament del Parlament de Catalunya d'acord amb el que estableix l'Estatut d'Autonomia de Catalunya?
- a) El Govern de la Generalitat.
- b) El Congrés de Diputats.
- c) El Senat és qui assumeix aquesta competència atès que es tracta de l'òrgan de representació territorial.
- d) El Parlament de Catalunya.Respuesta oficial
¿Quién elabora y aprueba el reglamento del Parlamento de Cataluña de acuerdo con lo que establece el Estatuto de Autonomía de Cataluña?
- El Gobierno de la Generalitat.
- El Congreso de Diputados.
- El Senado es quien asume esta competencia dado que se trata del órgano de representación territorial.
- El Parlamento de Cataluña.
Respuesta oficial: d) El Parlament de Catalunya.
La autonomía parlamentaria incluye la potestad de autoorganización, y el reglamento es su manifestación más clara. El artículo 58 del Estatuto de autonomía de Cataluña lo dice en tres apartados: «1. El Parlamento goza de autonomía organizativa, financiera, administrativa y disciplinaria. 2. EL PARLAMENTO ELABORA Y APRUEBA SU REGLAMENTO, su presupuesto y fija el estatuto del personal que de él depende. 3. La aprobación y la reforma del Reglamento del Parlamento corresponden al Pleno del Parlamento y requieren el voto favorable de la mayoría absoluta de los Diputados en una votación final sobre el conjunto del texto». Por eso no interviene ni el Gobierno de la Generalitat —que no puede regular el funcionamiento de la cámara que lo controla— ni el Congreso de los Diputados ni el Senado, que tienen sus propios reglamentos y ninguna competencia sobre el del Parlamento de Cataluña. El artículo 59.2 añade qué regula ese reglamento: los derechos y deberes de los diputados, los requisitos para formar grupos parlamentarios y la intervención de esos grupos en el ejercicio de las funciones parlamentarias.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 74
- Estatuto de autonomía de Cataluña (Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio) — art. 58.1, 58.2 i 58.3 (autonomia parlamentària i aprovació del reglament) i art. 59.2
Pregunta 75
D'acord amb l'Estatut Marc, si es perd la condició de personal estatutari a causa de jubilació per haver estat declarat, segons les normes de Seguretat Social, en situació d'incapacitat permanent en grau d'absoluta per a qualsevol treball :
- a) NO es pot recuperar la condició de personal estatutari fix.
- b) La declaració d'incapacitat permanent absoluta del personal estatutari NO és causa de la pèrdua d'aquesta condició per jubilació.
- c) Aquesta declaració NO permet reincorporar-se al servei actiu mitjançant procediments de mobilitat voluntària.
- d) Si es pot recuperar la condició de personal estatutari i, si aquesta declaració es revisada d'acord amb les normes de Seguretat Social dins dels dos anys segúents a la seva data, pot reincorporar-se directament a una plaça de la mateixa categoria i àrea de salut que aquella en què prestava serveis.Respuesta oficial
De acuerdo con el Estatuto Marco, si se pierde la condición de personal estatutario a causa de jubilación por haber sido declarado, según las normas de Seguridad Social, en situación de incapacidad permanente en grado de absoluta para cualquier trabajo:
- NO se puede recuperar la condición de personal estatutario fijo.
- La declaración de incapacidad permanente absoluta del personal estatutario NO es causa de la pérdida de esta condición por jubilación.
- Esta declaración NO permite reincorporarse al servicio activo mediante procedimientos de movilidad voluntaria.
- Sí se puede recuperar la condición de personal estatutario y, si esta declaración es revisada de acuerdo con las normas de Seguridad Social dentro de los dos años siguientes a su fecha, puede reincorporarse directamente a una plaza de la misma categoría y área de salud que aquella en que prestaba servicios.
Respuesta oficial: d) Si es pot recuperar la condició de personal estatutari i, si aquesta declaració es revisada d'acord amb les normes de Seguretat Social dins dels dos anys segúents a la seva data, pot reincorporar-se directament a una plaça de la mateixa categoria i àrea de salut que aquella en què prestava serveis.
La pérdida de la condición de personal estatutario fijo por jubilación es una de las causas del artículo 21 del Estatuto Marco, y la declaración de incapacidad permanente en grado de total, absoluta o gran invalidez la produce según el artículo 27. Pero no es irreversible, y eso es lo que la pregunta busca. El artículo 28.2 dice: «Procederá también la recuperación de la condición de personal estatutario cuando se hubiera perdido como consecuencia de incapacidad, si esta es revisada conforme a las normas reguladoras del Régimen General de la Seguridad Social. SI LA REVISIÓN SE PRODUCE DENTRO DE LOS DOS AÑOS SIGUIENTES A LA FECHA DE LA DECLARACIÓN DE INCAPACIDAD, EL INTERESADO TENDRÁ DERECHO A INCORPORARSE A PLAZA DE LA MISMA CATEGORÍA Y ÁREA DE SALUD EN QUE PRESTABA SUS SERVICIOS». La respuesta es, por tanto, la que reproduce esa regla. Caen las otras tres: no es cierto que no pueda recuperarse la condición, ni que la incapacidad permanente absoluta no sea causa de pérdida —lo es por el artículo 27—, ni que impida reincorporarse, porque fuera del plazo de dos años la recuperación sigue siendo posible, aunque entonces sin el derecho preferente a la misma plaza y área.
Fuente oficial
- Examen oficial del ICS — administrativo/a (C1-151), convocatoria de turno libre 2009 (ADM-2009), prueba del 15.05.2010, modelo A, con la hoja de plantilla de los cuatro modelos (17.05.2010) — pregunta 75
- Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud — art. 21 (causes de pèrdua de la condició), art. 27 (incapacitat permanent) i art. 28.2 (recuperació de la condició i termini de dos anys)
Fuente oficial y condiciones de reutilización
Enunciado y patrón de corrección publicados por el ICS. Documentos consultados el 14.09.2026.
- Enunciado oficial del examen (PDF, ICS)
- Patrón de respuestas correctas (PDF, ICS)
- Página del ICS de la que proceden los documentos
Criterios de realización y valoración publicados por el tribunal
La clau és el full «PLANTILLA TEST 1r. exercici. Administratiu-2009. Model A. 17.05.2010», primera pàgina d'un PDF que porta els quatre models (A, B, C i D) un per pàgina, signat i amb una casella marcada per a cadascuna de les preguntes 1-75; les caselles 76-200 del formulari queden en blanc. L'ICS no publica cap diligència de revisió d'aquesta convocatòria i cap fila del full surt ratllada ni anotada: no hi ha ni anul·lacions ni canvis de clau. La lectura òptica dels quatre fulls es valida creuant els models entre ells: els quatre quaderns són el MATEIX qüestionari amb les preguntes reordenades i les opcions en el mateix ordre, de manera que la lletra correcta d'una pregunta ha de coincidir als quatre fulls. L'aparellament per text dona 74 parelles amb el model B, 75 amb el C i 71 amb el D, i la lletra coincideix en TOTES les parelles comparables (72, 74 i 71 respectivament; la resta són ítems on l'OCR d'un dels models no va recuperar les quatre opcions). Cadascuna de les 75 preguntes del model A queda confirmada per dos models més com a mínim, i 67 per tots tres.
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- TCAE 2022 (modelo A) — Primer ejercicio de 60 preguntas de test y segundo ejercicio con dos supuestos prácticos de 20 preguntas. Realizado el 2 de junio de 2024 para la categoría C2-159.
- TCAE 2015 (turno libre) — Un único ejercicio de 80 preguntas de test, sin supuestos prácticos: es el examen de TCAE más antiguo que hemos comentado. Realizado el 19 de junio de 2016 para la categoría C2-159, en modelo único. El cuadernillo no publica el tiempo de realización y el tribunal anuló la pregunta 74.
- Auxiliar administrativo/a 2022 (modelo A) — Primer ejercicio de 50 preguntas de test y segundo ejercicio con un supuesto práctico de 25 preguntas. Realizado el 16 de junio de 2024 para la categoría C2-161, la segunda con más plazas de la convocatoria (1.295).
- Celador/a 2022 — Primer ejercicio de 50 preguntas de test y segundo ejercicio con dos supuestos prácticos de 7 preguntas cada uno. Realizado el 26 de mayo de 2024 para la categoría E-177, en modelo único y con 80 minutos para los dos ejercicios.
- Administrativo/a 2022 — Primer ejercicio de 50 preguntas de test y segundo ejercicio con un supuesto práctico de 24 preguntas. Celebrado el 16 de junio de 2024 por la categoría C1-151, en modelo único y con 1 hora y 45 minutos para los dos ejercicios. La pregunta 34 fue anulada por el tribunal.
- Administrativo/a 2016 (promoción interna) — Primer ejercicio de 50 preguntas de test y segundo ejercicio con un solo supuesto práctico de 25 preguntas, numeradas de la 101 a la 125. Realizado el 10 de junio de 2017 para la categoría C1-151, en modelo único. El cuadernillo no publica el tiempo de realización y el tribunal no anuló ninguna pregunta.
- Administrativo/a 2003 (turno libre) — Un único ejercicio de test, sin supuestos prácticos: es el examen más antiguo del fondo. Realizado el 23 de noviembre de 2003 en la Universitat Pompeu Fabra para la categoría C1-151, modelo A. El tribunal anuló las preguntas 28 y 45 y las sustituyó por la 77 y la 78 del cuadernillo de reserva, y también anuló la 76; por eso la página reproduce 78 y solo puntúan 75. El cuadernillo no publica el tiempo de realización.
Temario y tests por categoría
Cada ficha detalla el temario completo, qué incluye el acceso, el precio y las fuentes oficiales en las que se basa cada tema.
- Oposición de Enfermería del ICS (A2-129) — 8 temas específicos + 11 temas del bloque transversal Ver el temario completo →
- Oposición de TCAE del ICS (C2-159) — 5 temas específicos + 11 temas del bloque transversal Ver el temario completo →
- Oposición de Auxiliar administrativo/a del ICS (C2-161) — 5 temas específicos + 11 temas del bloque transversal Ver el temario completo →
- Oposición de Celador/a del ICS (E-177) — 6 temas específicos + 11 temas del bloque transversal Ver el temario completo →
- Oposición de Administrativo/a del ICS (C1-151) — 30 temas específicos + 11 temas del bloque transversal Ver el temario completo →
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Vigencia revisada el 14.09.2026 · 08.08.2026