Pregunta 1El Decreto 312/1998 crea servicios de prevención propios dentro de la Administración de la Generalitat. ¿Cómo los distribuye?
- Uno solo para toda la Administración de la Generalitat, adscrito al departamento competente en materia de trabajo
- Uno para cada departamento y uno para el personal de instituciones sanitarias del Instituto Catalán de la SaludCorrecta
- Uno para cada departamento; el personal del Instituto Catalán de la Salud se integra en el del departamento de salud
- Uno para cada centro de trabajo con una plantilla superior a la que fija el Reglamento de los servicios de prevención
Explicación: El artículo 1.1 del Decreto 312/1998 crea, como servicios de prevención PROPIOS, «un servicio de prevención de riesgos laborales para cada departamento y uno para el personal de instituciones sanitarias del Instituto Catalán de la Salud». El personal del ICS tiene, pues, un servicio de prevención propio y diferenciado del del departamento de salud. El apartado 1.2 precisa qué se entiende por Administración de la Generalitat a estos efectos: los departamentos, sus organismos autónomos administrativos, las entidades gestoras de la Seguridad Social y las entidades autónomas de carácter comercial, industrial y financiero (Decreto 312/1998, de 1 de diciembre, art. 1).
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