Pregunta 1Según el artículo 136 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, ¿quién está obligatoriamente incluido en el campo de aplicación del Régimen General?
- Los trabajadores por cuenta ajena y los asimilados, salvo que por su actividad deban quedar en un régimen especial.Correcta
- Todos los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia que ejerzan su actividad en territorio español.
- Los trabajadores por cuenta ajena que superen la base mínima de cotización del grupo profesional que les corresponda.
- Los trabajadores por cuenta ajena con contrato indefinido, ya que los temporales tienen un sistema especial propio.
Explicación: El artículo 136.1 incluye obligatoriamente en el campo de aplicación del Régimen General a los trabajadores por cuenta ajena y asimilados a que se refiere el artículo 7.1.a), salvo que por razón de su actividad deban quedar comprendidos en algún régimen especial. El apartado 2 declara expresamente comprendidos, entre otros, los sistemas especiales de empleados de hogar y agrario, el personal funcionario no incluido en clases pasivas y el personal civil no funcionario de las administraciones públicas.
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